Resolución de aprobación del Plan de Producción y Comercialización para el año 2022, correspondiente a la Organización de productores de pesca de altura de Cantabria-OPECA (OPP-50)., - Boletín Oficial de Cantabria, de 18-01-2022
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO RURAL, GANADERIA, PESCA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 11
F. Publicación: 18/01/2022
VISTO el Reglamento (UE) nº 1379/2013, de 11 de diciembre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura y normativa que lo desarrolla, el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y la acuicultura y el Reglamento (UE) no 508/2014, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
VISTO el Plan de producción y Comercialización para el año 2022, recibido con fecha 29 de octubre de 2020, correspondiente a la Organización de productores de pesca de altura de Cantabria (OPECA).
VISTO el Informe favorable, de fecha 5 de enero de 2022, del Servicio de Actividades Pesqueras de la Dirección General de Pesca y Alimentación al citado Plan de producción y Comercialización para el año 2022 correspondiente a la Organización de productores de pesca de altura de Cantabria (OPECA),
RESUELVO
Primero. Aprobar el Plan de producción y Comercialización para el Año 2022, presentado por la Organización de productores de pesca de altura de Cantabria-OPECA (OPP-50), al considerar que permite alcanzar los objetivos de los artículos 3 y 7 del Reglamento (UE) nº 1379/2013.
Segundo. En el supuesto de que, durante 2022 la Organización de productores estime necesario modificar el Plan de producción y comercialización, ésta se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14.6 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y la acuicultura.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de Reposición ante ese Órgano o directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
Santander, 7 de enero de 2022.
El Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Juan Guillermo Blanco Gómez.
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