Legislación

Resolución de autorización de Veterinarios Colaboradores previstos en la Orden de 10 de diciembre de 2003, por la que se establecen normas para el control sanitario de cerdo doméstico sacrificado para consumo familiar y la Orden de 22 de septiembre de 2004, por la que se regula la recogida, transporte e inspección sanitaria de las piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas en la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 15-10-2020

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SANIDAD

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 198

F. Publicación: 15/10/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 198 de 15/10/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

En virtud del artículo 7 de la Orden de 10 de diciembre de 2003, por la que se establecen normas para el control sanitario de cerdo doméstico sacrificado para consumo familiar, y del artículo 6 de la Orden de 22 de septiembre de 2004, por la que se regula la recogida, transporte e inspección sanitaria de las piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que señalan que el nombramiento de los Veterinarios Colaboradores corresponde al Director General de Salud Pública, una vez recibida comunicación del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cantabria.

RESUELVO

Autorizar como Veterinarios Colaboradores a los siguientes veterinarios para poder realizar el control sanitario de cerdo doméstico sacrificado para consumo familiar, y el control sanitario de las piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas, en la Comunidad Autónoma de Cantabria,

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

Observaciones.

1.- Solicitan ser autorizados como Veterinarios Colaboradores previstos en la Orden de 10 de diciembre de 2003, por la que se establecen las normas para el control sanitario de cerdo doméstico sacrificado para consumo familiar.

2.- Solicitan ser autorizados como Veterinarios Colaboradores previstos en la Orden de 22 de septiembre por la que se regula la recogida, transporte e inspección sanitaria de las piezas de caza mayor abatidas en actividades cinegéticas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

1 y 2.- Para ambos casos.

Frente a la presente Resolución que no agota la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en el artículo 148 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ante el Excmo. Sr. consejero de Sanidad, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el B.O.C.

Santander, 6 de octubre de 2020.

La directora general de Salud Pública,

María Paloma Navas Gutiérrez.