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Resolución del titular de la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que ratifica el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Archena trasladando, en el calendario de fiestas laborales, las festividades locales del 11 de junio de 2020 y 1 de septiembre de 2020, a los días 23 de octubre de 2020 y 9 de diciembre de 2020 respectivamente., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 08-06-2020

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVERSIDADES

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 131

F. Publicación: 08/06/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 131 de 08/06/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante Resolución, de 7 de junio de 2019, el titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social aprobó el calendario de fiestas laborales para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (BORM n.º 140 de 20 de junio de 2019). Consta en dicha Resolución que los días 11 de junio de 2020 y 1 de septiembre de 2020 serán días festivos e inhábiles a efectos laborales en el Municipio de Archena.

Por otra parte, se ha recibido en la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Archena, de fecha 29 de mayo de 2020, por el que comunica a esta Dirección General la modificación de las festividades locales del 11 de junio de 2020 y 1 de septiembre de 2020 a los días 23 de octubre de 2020 y 9 de diciembre de 2020, respectivamente, motivando dicha decisión en el estado de alarma establecido por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo y sus prórrogas.

En su virtud,

Dispongo:

1. Trasladar en el municipio de Archena las festividades locales del 11 de junio de 2020 y 1 de septiembre de 2020, a los días 23 de octubre de 2020 y 9 de diciembre de 2020, respectivamente.

2. Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Investigación y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

En Murcia, a 8 de junio de 2020. La Directora General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, Purificación Cuadrupani Bosqued.