Resolución del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa por la que se modifica el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el ámbito de la administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2020., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 05-12-2020
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, PARTICIPACION Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 283
F. Publicación: 05/12/2020
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
| 7027 | Resolución del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa por la que se modifica el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el ámbito de la administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2020. |
Mediante Resolución de 7 de junio de 2019, de la Directora General de Relaciones Laborales y Economía Social, publicada en el BORM n.º 140, de 20 de junio, se aprobó el calendario de fiestas laborales para el año 2020, tanto de carácter regional como de ámbito local, en base, respectivamente, al Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia en su sesión de 20 de marzo de 2019 y a los acuerdos adoptados por los órganos competentes de los Ayuntamientos. Con sujeción a dicho calendario laboral oficial y de conformidad con lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por Resolución de 8 de noviembre de 2019 del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa, publicada en el BORM n.º 284, de 10 de diciembre, se aprobó el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020.
Por Resoluciones de fechas 3, 4, 8 y 13 de abril de 2020; 4 de mayo de 2020; 1 de junio de 2020, 26 de mayo, 8 de junio, 23 de julio, 11 de agosto,2 de septiembre de 2020 y 2 de octubre de 2020, de la Directora General de Diálogo Social y Bienestar Laboral se modificó el calendario laboral oficial en lo que afectaba a las festividades locales de los municipios de Murcia, Las Torres de Cotillas, Abarán, Fortuna, Blanca, Abanilla, Caravaca de la Cruz, Yecla, Alcantarilla, Los Alcázares, Caravaca de la Cruz, Archena, Cehegín, las Torres de Cotillas y Murcia, habida cuenta de las decisiones adoptadas por Decreto de sus respectivas alcaldías, motivadas en la situación de estado de alarma decretado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas prórrogas. En consecuencia, por el Director General de Regeneración y Modernización Administrativa se dictaron Resoluciones de fechas 7, 11, 14 y 29 de abril de 2020; 16 de mayo de 2020; 5 de junio de 2020, 10 de julio, 3 de septiembre de 2020, 17 de septiembre de 2020 y 9 de octubre de 2020 y 19 de octubre (publicadas en el BORM n.º 83, de 11 de abril; en el Suplemento número 10 del BORM número 84, de 13 de abril; en el BORM n.º 86, de 15 de abril; en el BORM n.º 100, de 2 de mayo; en el BORM n.º 115, de 20 de mayo; en el BORM n.º 131, de 8 de junio; en el BORM n.º 163 de 16 de julio, en el BORM n.º209 de 9 de septiembre, en el BORM n.º 228 de 1 de octubre, en el BORM n.º 245 de 22 de octubre y en el BORM n.º 247 de 24 de octubre), por las que se modificó parcialmente el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, aprobado por la antes citada Resolución del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa de fecha 8 de noviembre de 2019, para adecuarlo al calendario laboral oficial.
La Directora General de Diálogo Social y Bienestar laboral, ha dictado nueva Resolución en fecha 30 de noviembre, (BORM n.º 280 de 2 de diciembre), por la que se acuerdan declarar festividad local el día 14 de diciembre de 2020 en el municipio de Yecla, en sustitución de la festividad suspendida del 16 de mayo de 2020, dejando sin efecto la declarada el día 9 de diciembre como festividad local.
Por ello, resulta preciso efectuar una duodécima modificación del calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la CARM, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, por razones de seguridad jurídica, se estima conveniente adecuar el anexo referido a las festividades locales, que inicialmente era recogido como anexo II en la Resolución de 8 de noviembre de 2019 del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa y que ha sido sustituido por las sucesivas resoluciones de modificación del calendario que se han ido dictando, por otro que comprende todas las modificaciones realizadas.
En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas a la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa en el artículo 5 del Decreto 174/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública,
Resuelvo:
Primero. Modificar parcialmente el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, aprobado por Resolución del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa de fecha 8 de noviembre de 2019 (publicada en el BORM n.º 284, de 10 de diciembre), exclusivamente para:
' Declarar el 14 de diciembre de 2020 como día inhábil a efectos de cómputo de plazos administrativos en el municipio de Yecla, en sustitución de la festividad suspendida del 16 de mayo de 2020, dejando sin efecto la declarada el día 9 de diciembre de 2020 como día inhábil.
Segundo. Sustituir el anexo de la Resolución de 19 de octubre 2020 del Director General de Regeneración y Modernización Administrativa, relativo a los días inhábiles en el ámbito territorial de cada municipio, por el anexo que se contiene en esta Resolución.
Tercero. Disponer la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», así como en el Portal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (www.carm.es) y en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es). Asimismo se podrá acceder al contenido del anexo de esta Resolución en formato abierto y reutilizable a través del portal de datos abiertos de la Región de Murcia (https://datosabiertos.regiondemurcia.es).
Cuarto. Esta Resolución tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Murcia, 2 de diciembre de 2020. El Director de Regeneración y Modernización Administrativa, José David Hernández González.
Anexo
Días inhábiles en los municipios, año 2020
| MUNICIPIO | 1.º FESTIVO | 2.º FESTIVO |
| ABANILLA | 14 septiembre | 2 noviembre |
| ABARÁN | 25 de septiembre | 28 septiembre |
| AGUILAS | 25 febrero | 3 abril |
| ALBUDEITE | 17 enero | 8 septiembre |
| ALCANTARILLA | 15 septiembre | 9 octubre |
| ALCAZARES (LOS) | 13 octubre | 2 noviembre |
| ALEDO | 27 agosto | 28 agosto |
| ALGUAZAS | 12 junio | 16 julio |
| ALHAMA DE MURCIA | 3 febrero | 7 octubre |
| ARCHENA | 23 octubre | 9 diciembre |
| BENIEL | 3 febrero | 24 agosto |
| BLANCA | 3 abril | 4 septiembre |
| BULLAS | 5 octubre | 6 octubre |
| CALASPARRA | 30 julio | 8 septiembre |
| CAMPOS DEL RIO | 17 enero | 24 junio |
| CARAVACA DE LA CRUZ | 12 septiembre | 14 septiembre |
| CARTAGENA | 3 abril | 25 septiembre |
| CEHEGIN | 10 septiembre | 2 de noviembre |
| CEUTI | 17 enero | 13 abril |
| CIEZA | 24 agosto | 8 septiembre |
| FORTUNA | 14 agosto | 2 noviembre |
| FUENTE ALAMO | 20 julio | 28 agosto |
| JUMILA | 13 abril | 8 junio |
| LIBRILLA | 21 agosto | 24 agosto |
| LORCA | 8 septiembre | 23 noviembre |
| LORQUI | 17 enero | 24 julio |
| MAZARRON | 13 junio | 17 noviembre |
| MOLINA DE SEGURA | 17 enero | 21 septiembre |
| MORATALLA | 15 junio | 29 septiembre |
| MULA | 21 septiembre | 23 septiembre |
| MURCIA | 15 septiembre | 2 noviembre |
| OJOS | 27 agosto | 28 agosto |
| PLIEGO | 8 septiembre | 9 septiembre |
| PUERTO LUMBRERAS | 7 julio | 7 octubre |
| RICOTE | 20 enero | 22 enero |
| SAN JAVIER | 3 febrero | 3 diciembre |
| SAN PEDRO DEL PINATAR | 29 junio | 16 julio |
| SANTOMERA | 29 septiembre | 7 octubre |
| TORRE PACHECO | 7 octubre | 26 diciembre |
| TORRES DE COTILLAS (LAS) | 28 agosto | 2 noviembre |
| TOTANA | 7 enero | 10 diciembre |
| ULEA | 17 enero | 24 agosto |
| UNION (LA) | 3 abril | 7 octubre |
| VILLANUEVA DEL RIO SEGURA | 17 enero | 16 julio |
| YECLA | 14 septiembre | 14 diciembre |
NPE: A-051220-7027
