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Resolución del Director General de Salud Pública y Adicciones, por la que se prorroga la validez de los carnés de capacitación para realizar tratamientos con biocidas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 09-07-2020

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 157

F. Publicación: 09/07/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 157 de 09/07/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

3486

Resolución del Director General de Salud Pública y Adicciones, por la que se prorroga la validez de los carnés de capacitación para realizar tratamientos con biocidas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas estableció unas medidas transitorias para su aplicación, otorgando un periodo de 6 años en los que se consideraban válidos los carnés básico y cualificado, y se contemplaba la posible prórroga por parte de las comunidades autónomas, una vez finalizado dicho periodo.

El proceso para poner en marcha los mecanismos necesarios para la obtención de los Certificados de Profesionalidad resultaron ser más complejos de lo esperado, por lo que fue necesario acordar una prórroga adicional.

Por acuerdo alcanzado en la Comisión de Salud Pública en su reunión de 10 de febrero de 2016, el plazo se prorrogaría por un periodo de 4 años, contados a partir del día 15 de julio de 2016, y por Resolución del 3 de junio de 2016 del Director General de Salud Pública y Adicciones, se prorrogó la validez, hasta el 15 de julio de 2020, de los carnés de Aplicador de Tratamientos para Desinfección, Desinsectación y Desratización, niveles básico y cualificado, emitidos por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya caducidad fuera posterior al 15 de julio de 2010.

La situación de emergencia sanitaria en la que nos encontramos ahora, ha puesto de manifiesto la importancia de la actividad de los servicios de control de plagas, para hacer frente a la pandemia. Estos servicios deben contar con todos los efectivos posibles para realizar las desinfecciones que se les demandan.

Este sector, que todavía no ha conseguido la adaptación plena a los requerimientos del Real Decreto 830/2010, puede ver incrementada su carencia de personal como consecuencia del aumento de la demanda de servicios. Por otra parte, los centros formativos que estaban realizando cursos para la emisión de Certificados de Profesionalidad por la vía de la formación, han tenido que interrumpir su actividad como consecuencia de la activación del estado de alarma. Esta carencia de efectivos por tanto se puede ver incrementado cuando se alcance la fecha establecida de 15 de julio de 2020.

Por todo ello, la Comisión de Salud Pública, en su sesión de 14 de mayo de 2020, aprobó que se prorrogara la validez de los carnés básico y cualificado de aplicador de plaguicidas, hasta el 15 de julio de 2021.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo cuarto del Decreto n.º 73/2017, de 17 de mayo, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Salud.

Resuelvo:

Primero.- Prorrogar la validez, hasta el 15 de julio de 2021, de los carnés de Aplicador de Tratamientos para Desinfección, Desinsectación y Desratización, niveles básico y cualificado, emitidos por esta Comunidad Autónoma, cuya caducidad fuera posterior al 15 de julio de 2010.

Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de 3 de junio de 2016, del Director General de Salud Pública y Adicciones, por la que se prorroga la validez de los carnés de capacitación para realizar tratamientos con biocidas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Consejero de Salud.

Murcia, a 23 de junio de 2020. El Director General de Salud Pública y Adicciones, José Carlos Vicente López.

NPE: A-090720-3486