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Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se modifica la Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se aprueba la Instrucción 2/2019 que establece el procedimiento a seguir para facilitar la prestación farmacéutica a pacientes externos en el ámbito de los hospitales públicos de la Región de Murcia., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 12-06-2019

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 133

F. Publicación: 12/06/2019

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 133 de 12/06/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Servicio Murciano de Salud

3701 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se modifica la Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, por la que se aprueba la Instrucción 2/2019 que establece el procedimiento a seguir para facilitar la prestación farmacéutica a pacientes externos en el ámbito de los hospitales públicos de la Región de Murcia.

El pasado 18 de mayo de 2019 se publicó la Resolución por la que se aprueba la Instrucción 2/2019 que establece el procedimiento a seguir para facilitar la prestación farmacéutica a pacientes externos en el ámbito de los hospitales públicos de la Región de Murcia.

Visto el artículo 3.6 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, en los que se establece los supuestos en que los Servicios de Farmacia Hospitalaria pueden realizar dispensación de medicamentos a pacientes externos y habiéndose planteado dudas en la aplicación de determinados aspectos incluidos en la Instrucción 2/2019, se estima conveniente la modificación de los apartados que han generado problemas de interpretación.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con el artículo 8.1 x) del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se establece la estructura y funciones de los órganos de participación, administración y gestión del Servicio Murciano de Salud, se dicta la siguiente

Resolución:

Primera. Se modifican los apartados f) y h) de la Instrucción tercera - Ámbito, quedando redactados de la siguiente forma:

f) Fórmulas magistrales requeridas para el tratamiento del paciente cuya elaboración y dispensación sea competencia de los servicios de farmacia hospitalaria, en los casos previstos en el artículo 3.6 del texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los medicamentos y productos sanitarios.

h) Cualquier otro producto farmacéutico calificado por el Ministerio de Sanidad, mediante el procedimiento legalmente previsto, como de dispensación hospitalaria

Segunda. Se modifica el apartado k) de la Instrucción quinta - Dispensación, quedando redactado de la siguiente forma.

k) Se estudiarán nuevos procedimientos de atención a pacientes, dirigidos a mejorar la accesibilidad a los tratamientos, bajo la coordinación de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y cuya implantación requerirá de su autorización.

Tercera. Entrada en vigor. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia a 7 de junio de 2019.-El Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, Asensio López Santiago

NPE: A-120619-3701