Legislación

Resolución por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022, que dispone la actualización de la cuantía prevista en el Anexo V del Decreto 36/2011, de 5 de mayo, sobre indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio en un importe de 0,25 euros por kilómetro., - Boletín Oficial de Cantabria, de 01-08-2022

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Cantabria

Órgano emisor: Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 147

F. Publicación: 01/08/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 147 de 01/08/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha 21 de julio de 2022 el Consejo de Gobierno ha adoptado el Acuerdo de actualizar la cuantía prevista en el Anexo V del Decreto 36/2011, de 5 de mayo, sobre indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio en un importe de 0,25 euros por kilómetro.
En atención a lo expuesto,
RESUELVO
Disponer la publicación en el BOC del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022, que dispone la actualización de la cuantía prevista en el Anexo V del Decreto 36/2011, de 5 de mayo, sobre indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio en un importe de 0,25 euros por kilómetro, conforme al texto que se acompaña como anexo.
Santander, 22 de julio de 2022.
La secretaria general de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior,
Noelia García Martínez.
Año 2022. Día 21 de julio. Sesión ORDINARIA
EL CONSEJO DE GOBIERNO, en la reunión reseñada, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
A través del Decreto 36/2011, de 5 de mayo, sobre Indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio, se regulan los conceptos objeto de indemnización y compensación al personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sus Entes, Organismos Públicos y Empresas Públicas, bajo cualquier tipo de relación, con la excepción del personal con vinculación laboral que se regirá por lo dispuesto en su convenio colectivo o normativa específica de aplicación que pudiera estar prevista y demás exclusiones que figuran en la propia norma.
En lo que respecta al personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la norma de aplicación es la misma, por remisión del artículo 85 del VIII Convenio Colectivo.
El artículo 17 del Decreto prevé la posibilidad de utilización de los vehículos particulares para los recorridos que sean necesarios en las comisiones de servicios autorizadas, con derecho a indemnización prevista en el Anexo V de 0,19 euros por kilómetro.
Este importe, que se ha mantenido invariable desde la aprobación del Decreto, de acuerdo con la situación económica actual ha devenido en insuficiente para dar cobertura a los gastos que por desplazamiento efectúe el personal por cuenta de la Administración, por lo que, de acuerdo con la evolución de los precios, procede realizar su actualización.
Por lo expuesto, a propuesta conjunta de las Consejerías de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior y de Economía y Hacienda,
SE ACUERDA
Actualizar la cuantía prevista en el Anexo V del Decreto 36/2011, de 5 de mayo, sobre Indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio en un importe de 0,25 euros por kilómetro.
Esta actualización resultará de aplicación a aquellas comisiones de servicio autorizadas con posterioridad al día de su aprobación.
Las comisiones de servicio que hayan sido previamente autorizadas, se liquidarán de acuerdo con los importes vigentes en el momento de su autorización.
Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a Secretarías Generales.
Santander, a la fecha de la firma electrónica EL/LA SECRETARIO/A DEL CONSEJO DE GOBIERNO