RESOLUCIÓN EDU/1000/2022, de 6 de abril, por la que se modifica la Resolución EDU/644/2022, de 2 de marzo, por la que se regula el despliegue del Programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo PROA+ del MEFP en Cataluña durante el curso 2021-2022 y se establece la vinculación con el Plan de mejora de oportunidades educativas PMOE., - Diario Oficial de Cataluña, de 12-04-2022
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Cataluña
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8646
F. Publicación: 12/04/2022
En esta resolución se regula el despliegue del Programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo PROA+ del MEFP en Cataluña durante el curso 2021-2022 y establece su vinculación con el Plan de mejora de oportunidades educativas PMOE.
Vista la necesidad de modificar algunos datos referentes al número de centros educativos públicos participantes en el programa y el calendario.
Resuelvo:
-1 Modificar el cuarto párrafo de la exposición de motivos de la Resolución EDU/644/2022, 2 de marzo, que queda redactado en los siguientes términos:
Dada la coincidencia entre el Plan de Mejora de Oportunidades Educativas (PMOE) y el Programa PROA+ (2021-2024) en relación con los objetivos, destinatarios y catálogo de actuaciones (actividades palanca para el PROA+), se considera adecuado vincularla e incorporar 253 centros públicos a los que se apoyará y se dotará de recursos en el marco del PROA+ .
-2 Modificar el primer punto de la parte resolutiva, que queda redactado en los siguientes términos:
Resuelvo:
1. Regular el despliegue del Programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo PROA+ del MEFP en Cataluña durante el curso 2021-2022 y establecer su vinculación con el Plan de mejora de oportunidades educativas PMOE, en cuanto a las medidas 1, 2, 5, 7 y 17 del mismo .
-3 Modificar el primer y segundo párrafo del apartado 1, letra A del anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
A. Objetivos generales
- Fortalecer los centros educativos públicos que se incorporan al PROA+ para que dispongan de los recursos necesarios para compensar las necesidades y desigualdades educativas del alumnado y sus familias, para contribuir a la mejora de la equidad en el acceso a oportunidades educativas ya el éxito escolar de todo el alumnado.
- Vincular las medidas 1, 2, 5, 7 y 17 del PMOE en el programa PROA+ .
-4 Modificar los apartados a) y b) del punto 2 del anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
2. Destinatarios
De acuerdo con los objetivos generales, los destinatarios del PROA+ son:
a) El alumnado de los 516 centros vinculados al PMOE, en cuanto a las medidas 1, 2, 5, 7 y 17.
b) El alumnado de los centros de mayor complejidad educativa derivada de las condiciones socioeconómicas desfavorecidas de acuerdo con el último estudio de complejidad del Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo y que no están participando en el PMOE .
-5 Modificar el segundo párrafo del apartado b) del punto 5 del anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
Durante el segundo trimestre del mes de febrero de 2022 la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa, a través de los servicios territoriales, comunica a los 253 centros educativos la propuesta de asignación de recursos por la aplicación de su acuerdo de corresponsabilidad. La asignación de los recursos económicos a los centros será determinada por la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa tomando en consideración el índice de complejidad y el número de alumnos de cada centro .
-6 Modificar el tercer párrafo del apartado b) del punto 5 del anexo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
Las direcciones de los servicios territoriales de Educación aprueban los planes de actuación durante el primer trimestre de cada uno de los cursos de aplicación del Programa. Sin embargo, los centros educativos pueden aplicar las medidas que consideren adecuadas y que puedan estar llevando a cabo desde el inicio del curso. Sin embargo, será necesario que el centro educativo haya firmado el acuerdo de corresponsabilidad y se le haya comunicado la propuesta de asignación de recursos que le corresponderá para aplicarlo .
-7 Modificar el tercer párrafo del apartado REUNIDOS del anexo 2, que queda redactado en los siguientes términos:
Las partes, reconociéndose mutuamente capacidad de obrar, establecen un acuerdo de corresponsabilidad para la aplicación del Programa de cooperación territorial para la orientación, el avance y el enriquecimiento educativo, en adelante PROA+ hasta la finalización del programa en el curso 2023-2024 .
-8 Modificar la letra h) del apartado 2 del ACUERDAN del anexo 2, que queda redactado así:
h) Rendir cuentas de la ejecución del plan en el consejo escolar al final de cada curso escolar hasta la finalización del programa .
-9 Modificar la letra i) del apartado 2 del ACUERDAN, que queda redactado en los siguientes términos:
i) Cada curso rendir cuentas de la consecución de los objetivos establecidos anualmente a la dirección de los servicios territoriales antes del inicio del curso escolar siguiente, en una sesión de trabajo con participación de las personas que integran la comisión de seguimiento y las personas que designe el director o directora de los servicios territoriales, entre las que estará necesariamente el inspector o la inspectora del centro educativo .
-10 Modificar el contenido de la letra c) del apartado 3 del ACUERDAN, que queda redactado en los siguientes términos:
'c) Hacer una sesión de trabajo con la dirección del centro y la comisión de participación y seguimiento de los planes de actuación, antes del inicio de cada curso escolar, para presentar la memoria de evaluación del plan de actuación'.
-11 Modificar el título del anexo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
Guión para elaborar el plan de actuación para el curso ________
-12 Modificar al primer párrafo del anexo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
A partir de la Programación general anual de centro elaborar la relación de objetivos y establecer las medidas para cada uno de los cinco ámbitos del PROA+ que den respuesta a las necesidades que se recogen para la consecución de los objetivos generales y específicos en relación con los que se establecen en esta Resolución .
-13 Modificar la letra a) del apartado 1 del anexo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
'a) Objetivo específico del PROA+ con el que se relaciona y razones que justifican su selección'.
-14 Modificar el segundo párrafo de la letra b) del apartado 2 del anexo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
'La memoria de evaluación forma parte de la memoria anual, se envía a la dirección de los servicios territoriales y se entrega una copia a la Inspección territorial de Educación'.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 6 de abril de 2022
Núria Mora Lorente
Secretaria de Transformación Educativa
