RESOLUCIÓN EDU/2332/2020, de 21 de septiembre, por la que se modifica el anexo de la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, de la impartición de forma presencial o a distancia de varios créditos en las enseñanzas profesionales a distancia., - Diario Oficial de Cataluña, de 30-09-2020
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Cataluña
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8237
F. Publicación: 30/09/2020
El artículo 4 del Decreto 67/2007, de 20 de marzo, por el que se regulan las enseñanzas de formación profesional inicial en la modalidad a distancia, clasifica los créditos lectivos, a efectos de impartición, en créditos A que se pueden impartir tanto en forma presencial como a distancia, y créditos B qué se pueden impartir únicamente de forma presencial y establece que, de cada ciclo formativo que se ofrezca en la modalidad a distancia, se tiene que especificar el tipo de impartición A o B de cada crédito lectivo.
Mediante la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, se establecieron los créditos y los módulos profesionales que se imparten de forma presencial o a distancia. Vista la necesidad de ampliar los ciclos formativos a impartir por los centros educativos, se considera oportuno modificar la resolución mencionada.
Por lo tanto,
Resuelvo:
Modificar el anexo de la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, de la impartición de forma presencial o a distancia de varios créditos en las enseñanzas profesionales a distancia, con respecto a la Familia profesional: Actividades físicas y deportivas, el cual queda redactado de la siguiente manera:
Familia profesional: Actividades físicas y deportivas
0101 CFGM Conducción de actividades fisicodeportivas en el medio natural
Créditos A:
C01 El medio rural. C06 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.
C08 Primeros auxilios.
C10 Dinámica de grupos.
C11 Formación y orientación laboral.
C13 Síntesis.
Créditos A con prácticas presenciales:
C07 Fundamentos de la actividad física: 10 horas.
C09 Actividades físicas para personas con discapacidades: 10 horas.
Créditos B:
C02 Conducción de grupos y actividades en el medio natural.
C03 Seguridad y supervivencia en montaña.
C04 Conducción de grupos en bicicletas.
C05 Conducción de grupos a caballo y atenciones equinas básicas.
0151 CFGS Animación de actividades físicas y deportivas
Créditos A:
C05 Fundamentos biológicos y bases del acondicionamiento físico.
C06 Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas.
C07 Primeros auxilios.
C09 Animación y dinámica de grupos.
C10 Metodología didáctica de las actividades fisicodeportivas.
C11 Actividades físicas para personas con discapacidad.
C12 Formación y orientación laboral.
C14 Síntesis.
Créditos B:
C01 Juegos y actividades físicas recreativas para animación.
C02 Actividades fisicodeportivas individuales. Actividades fisicodeportivas con implementos.
C08 Salvamento acuático
AEB0 CFGS Acondicionamiento Físico
Módulos profesionales A:
MP02: Habilidades Sociales.
MP09: Formación y Orientación Laboral.
MP10: Empresa e Iniciativa Emprendedora.
MP11. Inglés Técnico.
MP12. Proyecto de Acondicionamiento Físico.
Módulos profesionales A con prácticas presenciales:
MP01: Valoración de la Condición Física e Intervención en Accidentes: 20 horas
MP03: Fitness en Sala de Entrenamiento Polivalente: 110 horas
MP04: Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Soporte Musical: 80 horas
MP06: Acondicionamiento Físico en el Agua: 90 horas
MP07: Técnicas de Hidrocinesia: 60 horas
Módulos profesionales B:
MP05: Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Soporte Musical.
MP08: Control Postural, Bienestar y Mantenimiento Funcional. .
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC, según el que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 21 de septiembre de 2020
Joan Lluís Espinós Espinós
Director general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial
