Legislación

RESOLUCIÓN EDU/2332/2020, de 21 de septiembre, por la que se modifica el anexo de la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, de la impartición de forma presencial o a distancia de varios créditos en las enseñanzas profesionales a distancia., - Diario Oficial de Cataluña, de 30-09-2020

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8237

F. Publicación: 30/09/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 8237 de 30/09/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 4 del Decreto 67/2007, de 20 de marzo, por el que se regulan las enseñanzas de formación profesional inicial en la modalidad a distancia, clasifica los créditos lectivos, a efectos de impartición, en créditos A que se pueden impartir tanto en forma presencial como a distancia, y créditos B qué se pueden impartir únicamente de forma presencial y establece que, de cada ciclo formativo que se ofrezca en la modalidad a distancia, se tiene que especificar el tipo de impartición A o B de cada crédito lectivo.

Mediante la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, se establecieron los créditos y los módulos profesionales que se imparten de forma presencial o a distancia. Vista la necesidad de ampliar los ciclos formativos a impartir por los centros educativos, se considera oportuno modificar la resolución mencionada.

Por lo tanto,

Resuelvo:

Modificar el anexo de la Resolución ENS/1435/2015, de 19 de junio, de la impartición de forma presencial o a distancia de varios créditos en las enseñanzas profesionales a distancia, con respecto a la Familia profesional: Actividades físicas y deportivas, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Familia profesional: Actividades físicas y deportivas

0101 CFGM Conducción de actividades fisicodeportivas en el medio natural

Créditos A:

C01 El medio rural. C06 Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.

C08 Primeros auxilios.

C10 Dinámica de grupos.

C11 Formación y orientación laboral.

C13 Síntesis.

Créditos A con prácticas presenciales:

C07 Fundamentos de la actividad física: 10 horas.

C09 Actividades físicas para personas con discapacidades: 10 horas.

Créditos B:

C02 Conducción de grupos y actividades en el medio natural.

C03 Seguridad y supervivencia en montaña.

C04 Conducción de grupos en bicicletas.

C05 Conducción de grupos a caballo y atenciones equinas básicas.

0151 CFGS Animación de actividades físicas y deportivas

Créditos A:

C05 Fundamentos biológicos y bases del acondicionamiento físico.

C06 Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas.

C07 Primeros auxilios.

C09 Animación y dinámica de grupos.

C10 Metodología didáctica de las actividades fisicodeportivas.

C11 Actividades físicas para personas con discapacidad.

C12 Formación y orientación laboral.

C14 Síntesis.

Créditos B:

C01 Juegos y actividades físicas recreativas para animación.

C02 Actividades fisicodeportivas individuales. Actividades fisicodeportivas con implementos.

C08 Salvamento acuático

AEB0 CFGS Acondicionamiento Físico

Módulos profesionales A:

MP02: Habilidades Sociales.

MP09: Formación y Orientación Laboral.

MP10: Empresa e Iniciativa Emprendedora.

MP11. Inglés Técnico.

MP12. Proyecto de Acondicionamiento Físico.

Módulos profesionales A con prácticas presenciales:

MP01: Valoración de la Condición Física e Intervención en Accidentes: 20 horas

MP03: Fitness en Sala de Entrenamiento Polivalente: 110 horas

MP04: Actividades Básicas de Acondicionamiento Físico con Soporte Musical: 80 horas

MP06: Acondicionamiento Físico en el Agua: 90 horas

MP07: Técnicas de Hidrocinesia: 60 horas

Módulos profesionales B:

MP05: Actividades Especializadas de Acondicionamiento Físico con Soporte Musical.

MP08: Control Postural, Bienestar y Mantenimiento Funcional. .

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC, según el que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 21 de septiembre de 2020

Joan Lluís Espinós Espinós

Director general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial