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Resolución por la que se levanta la suspensión de la caza menor en la Comunidad Autónoma de Cantabria., - Boletín Oficial de Cantabria, de 15-02-2018

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 33

F. Publicación: 15/02/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 33 de 15/02/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

HECHOS

I.- Las especiales condiciones meteorológicas que se registraron en Cantabria durante las pasadas semanas ocasionaron la suspensión de la caza menor en la Comunidad Autónoma, dictada por Resolución de 1 de febrero de 2018 del director general del Medio Natural, con el propósito de evitar el ejercicio de la caza en los llamados 'días de fortuna', en los que los animales se ven privados de sus facultades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados lugares.

II.- Una vez que las condiciones meteorológicas han mejorado, no concurren ya las circunstancias que determinaron dicha suspensión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- El órgano competente para resolver es la Dirección General del Medio Natural, en base a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el artículo 47.2 de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza.

II.- La Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza, en su artículo 47.2 establece que la Consejería competente podrá suspender la actividad cinegética cuando existan circunstancias excepcionales de orden meteorológico, ecológico o biológico que afecten o puedan afectar localmente a una o varias especies cinegéticas.

De conformidad con lo anterior, esta Dirección General, en uso de sus competencias,

RESUELVE

Levantar la suspensión de la actividad cinegética en la Comunidad Autónoma de Cantabria dictada por Resolución de 1 de febrero de 2018 del director general del Medio Natural.

Esta Resolución entrará en vigor a las 00:00 horas del 15 de febrero de 2018.

Hasta el final de la actual temporada cinegética se estará a lo dispuesto en la Orden MED/7/2017, de 10 de marzo, por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2017-2018 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja y en la Orden MED/8/2017, de 16 de marzo, por la que se aprueba el Plan Anual de Caza de la Reserva Regional de Caza Saja, para la temporada 2017/2018.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128.1 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, sin perjuicio de cualquier otra reclamación que el interesado considere procedente.

Santander, 12 de febrero de 2018.

El director general del Medio Natural,

Antonio Javier Lucio Calero.