Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por la que se crea y regula el Registro de Empleados Públicos habilitados en el ámbito del Instituto de Fomento de la Región de Murcia., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 04-05-2019
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Ambito: Murcia
Órgano emisor: CONSEJERIA DE EMPLEO, UNIVERSIDADES, EMPRESA Y MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 101
F. Publicación: 04/05/2019
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
Instituto de Fomento de la Región de Murcia
| 2656 | Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por la que se crea y regula el Registro de Empleados Públicos habilitados en el ámbito del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. |
La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas supone un paso más en las relaciones de las empresas y ciudadanos con éstas a través de medios electrónicos, disponiendo que las Administraciones deberán garantizar que los interesados pueden relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, para lo que pondrán a su disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen. Igualmente asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
No obstante, para garantizar el ejercicio de este derecho, no basta con que el Instituto de Fomento de la Región de Murcia emplee las nuevas tecnologías en su funcionamiento. Es necesario, además, que ponga a disposición de aquellos interesados que no puedan acceder electrónicamente, los medios adecuados para comunicarse con este Instituto. Para ello, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el empleado público y preste su consentimiento expreso para esta actuación, tal como previene el artículo 12 de la citada Ley 39/2015, en relación a los interesados no incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la misma Ley.
Asimismo, habiendo constatado dificultades técnicas en el uso de medios electrónicos por determinados interesados incluidos en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre que son residentes en el extranjero, hace aconsejable extender esta asistencia de la Administración en virtud del derecho establecido en la letra b) del artículo 13 del mismo texto legal.
Para organizar este servicio, dicha Ley establece que las Administraciones Públicas mantendrán actualizado un registro o sistema equivalente, donde constarán los empleados públicos habilitados para la identificación y firma de los ciudadanos que, además, deberá ser plenamente interoperable y estar interconectado con los registros de las restantes Administraciones Públicas.
En estos registros o sistemas equivalentes constarán, al menos, los funcionarios que presten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registro.
Resuelvo:
Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente Resolución tiene por objeto la regulación del funcionamiento del Registro de los empleados públicos habilitados en el Instituto de Fomento de la Región de Murcia para la identificación y autenticación de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 9/2006, de 23 de noviembre, del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (BORM n.º 291 de diciembre de 2006)
2. La presente Resolución será de aplicación al ámbito de gestión de este Instituto y, en particular, a los empleados públicos del mismo que se designen para identificar y autenticar a ciudadanos no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración y a aquellos interesados obligados por estar incluidos en el artículo 14. 2 y 3 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que sean residentes en el extranjero y que no dispongan de mecanismos de identificación y autenticación para actuar electrónicamente ante su Sede Electrónica.
3. La habilitación se extenderá a aquellos trámites y actuaciones por medios electrónicos que, en el ámbito fijado en el apartado anterior, precisen una autenticación fehaciente del ciudadano y que el Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia determine que son susceptibles de ser llevados a cabo por empleados públicos del Instituto.
4. En todo caso, los empleados públicos habilitados no podrán recibir notificaciones que requieran la identificación y autenticación del interesado.
Segundo.- Departamento responsable.
El Órgano responsable de la gestión del registro de empleados públicos habilitados regulado en la presente Resolución será Secretaría General. Dicho departamento también será responsable de mantener actualizada la relación de los empleados públicos habilitados del Instituto.
Tercero.- Requisitos generales para el otorgamiento de la habilitación.
1. Sólo podrán ser habilitados los empleados del Instituto, en situación de servicio activo, que dispongan de un certificado electrónico.
2. Con carácter general, todos los empleados públicos destinados en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Instituto serán habilitados para la identificación y autenticación de los ciudadanos, la presentación de solicitudes en el registro y la realización de trámites electrónicos que requieran identificación y firma electrónica
Cuarto.- Funcionamiento y contenido de los registros de empleados públicos habilitados.
1. A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, la inscripción, ?modificación y cancelación en el registro de empleados públicos habilitados se realizará por Resolución del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
2. La habilitación se extenderá por tiempo indefinido, salvo que se indique específicamente la fecha de fin de la misma.
3. En el registro se harán constar los siguientes datos de los empleados públicos habilitados:
a) Documento nacional de identidad, NIE o pasaporte.
b) Nombre y apellidos del empleado público.
c) Departamento de adscripción.
d) Puesto de trabajo que desempeña.
e) Fecha de otorgamiento de la habilitación para el trámite o procedimiento.
f) Fecha de alta en el registro.
g) Trámites para los que se tiene autorizada la habilitación.
h) Fecha de fin de la habilitación para el trámite o procedimiento.
i) Causa de la cancelación de la habilitación.
j) Fecha de baja en el registro.
4. Producida la anotación de la habilitación del empleado público, el Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia expedirá una credencial, según Anexo I, en la que se hará constar la identificación personal y administrativa del empleado, los trámites a los que alcanza su habilitación, la fecha de inicio de la misma y, en su caso, su fecha de fin. Dicha credencial continuará vigente en tanto no se habilite a su titular a nuevos procedimientos o trámites, o bien se modifiquen o declaren finalizados los anteriormente relacionados. Igualmente continuará en vigor en tanto no se produzca un cambio de la unidad responsable del trámite o del puesto del empleado que suponga modificación en sus competencias o funciones.
Quinto.- Publicidad de trámites y actuaciones.
En la Sede Electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia
(https://sede.institutofomento.es/infodirecto) se publicará una relación de todos los trámites y actuaciones por medios electrónicos que pueden ser objeto de realización mediante habilitación. En dicha Sede se publicarán, asimismo, los centros o dependencias en los que se pueda ejercitar el derecho por parte de losinteresados.
Sexto.- Identificación y consentimiento expreso del ciudadano y actuaciones del empleado habilitado.
1. El interesado presentará para su identificación el documento nacional de identidad en vigor o, cuando fuere extranjero, el NIE, el documento de identificación que surta efectos equivalentes en su país de origen, o el pasaporte.
2. El interesado deberá consentir expresamente su identificación y autenticación por el empleado público habilitado para cada actuación administrativa por medios electrónicos que la requiera. Para ello, deberá cumplimentar y firmar el formulario del Anexo II que estará disponible en la sede electrónica y en los centros o dependencias en los que se pueda ejercitar el derecho por parte de los ciudadanos.
3. El empleado público habilitado entregará al ciudadano toda la documentación acreditativa del trámite realizado y una copia del documento de consentimiento expreso cumplimentado y firmado.
4. Estos documentos se conservarán en poder de las oficinas en las que pueda ejercitarse la habilitación, custodiándose en los términos que establezca la legislación aplicable.
Séptimo.- Actuaciones de los empleados públicos habilitados.
1. Los empleados públicos habilitados ofrecerán información y ayuda a los ciudadanos para la realización de trámites electrónicos del Instituto de Fomento de la Región de Murcia para los que han sido habilitados.
2. Sus funciones consistirán en:
a. Identificación fehaciente del ciudadano.
b. Cumplimentación de las solicitudes para el registro o trámites en los sistemas electrónicos del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
c. Recogida de documentación e incorporación al sistema de registro o aplicación de tramitación.
d. Recogida e incorporación a la solicitud o trámite de la autorización expresa del ciudadano para la utilización de este servicio.
e. Entrega de la documentación acreditativa de la realización de la presentación de la solicitud o realización del trámite.
3. Los empleados públicos habilitados no tendrán responsabilidad en cuanto al contenido de la documentación aportada por los ciudadanos, de la veracidad de lo que estos declaren o el aseguramiento de que se cumplen los requisitos exigidos en cada una de las solicitudes, tramites o procedimientos, siendo estas funciones propias de las unidades competentes para la tramitación y resolución de los respectivos expedientes.
Octavo.- Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su Publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia a 25 de abril de 2019.-El Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, Javier Celdrán Lorente.
Anexo I
Credencial de empleado público habilitado para la identificación y autenticación de ciudadanos
D.............con DNI..............., en su calidad de Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia,
Acredita a:
D./D.ª con DNI.........., empleado de esta entidad de derecho público, perteneciente al Departamento…........y adscrito al Área/Servicio/Órgano como empleado público habilitado para la identificación y autenticación de los ciudadanos en los trámites y actuaciones electrónicos que se indican a continuación y en los que resulte necesaria la utilización de sistemas de firma electrónica de los que aquéllos carezcan, en aplicación del artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Trámite electrónico:
Fecha de inicio de la habilitación:
Fecha de fin de la habilitación:
En Murcia, a la fecha de la firma electrónica.
El Director
Anexo II
Consentimiento expreso del interesado para su identificación y autenticación por empleado público del Instituto de Fomento de la Región de Murcia habilitado
D./D.ª.......con documento de identidad n..º........ Domicilio en C/....Localidad.
Provincia. C.P. teléfono.
Declara:
Que no dispone de certificado de firma electrónica y que otorga su consentimiento, por esta única vez, para la identificación y autenticación por el empleado público habilitado abajo firmante, para la realización del siguiente trámite:
Trámite o actuación electrónica:
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
Al empleado público con identificación:
Nombre y apellidos: _________________________________________
DNI n.º: _________________________________________
En Murcia, a.... de......de.......
El interesado el empleado público habilitado
Fdo.: Fdo.:..
Cláusula informativa del tratamiento de datos conforme al artículo 13 del reglamento 2016/679 general de protección de datos
Se informa al interesado que sus datos personales van a ser objeto de tratamiento por parte del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, con CIF Q-8050004-D, sito en Avda. de la Fama, 3 de Murcia, CP 30003, como Responsable del Tratamiento que tiene por finalidad la acreditación del consentimiento expreso del ciudadano a la habilitación del empleado público en los términos fijados en el artículo 12 de la Ley 39/2015.
Este tratamiento está legitimado por el consentimiento del interesado, teniendo derecho el interesado a retirar el consentimiento prestado sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
No facilitar este consentimiento provocará la imposibilidad de gestionar y prestar el correspondiente servicio.
Los datos facilitados en este Anexo II no serán cedidos salvo los casos legalmente previstos para el cumplimiento de la finalidad indicada en los términos y con las condiciones fijados normativamente.
Los datos objeto de este tratamiento serán conservados durante el tiempo en que jurídica, con el objetivo de atender las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento durante el plazo de prescripción de estas.
El interesado podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, olvido, oposición, limitación y portabilidad en relación a sus datos personales dirigiéndose por escrito al INFO en la siguiente dirección de correo electrónico:
protecciondatosINFO@info.carm.es
Igualmente, le informamos que podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos para descargar dichos modelos de solicitudes en el siguiente enlace: https://www.aepd.es/reglamento/derechos/index.html, así como para solicitar cualquier otra información al respecto.'
Instrucciones de cumplimentación del anexo II
Para la cumplimentación y tramitación del consentimiento expreso del interesado a efectos de su identificación y autenticación por empleado público habilitado, se atenderán las siguientes instrucciones:
1.- Si el interesado es residente en el extranjero podrá remitir, por correo certificado o servicio de mensajería, dirigido al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, Avenida de la Fama n.º 3, 30003 Murcia, el modelo Anexo II firmado por el interesado y legitimado por notario, consulado español o autoridad equivalente del país junto con fotocopia compulsada o autenticada de su DNI, NIE, pasaporte o documento de identificación que surta efectos equivalentes en su país de origen, en vigor. En el caso de persona jurídica no española, el firmante deberá también aportar documento fehaciente y/o apostillado acreditativo de la existencia de la representación con la que actúa y del ámbito de sus facultades que, en su caso, deberá aportarse también traducido al español.
2.- Se cumplimentará un ejemplar por cada trámite o actuación electrónica que el interesado desee realizar a través del empleado público habilitado, consignando en cada caso todos los datos que se requieren en el modelo de formulario.
3.- En el caso de que se realicen varias acciones sobre un mismo trámite, se cumplimentarán tantos ejemplares como acciones se vayan a realizar.
4.- El empleado público habilitado entregará al interesado una copia del Anexo II debidamente cumplimentado y firmado por ambas partes, registrado y sellado con la fecha y el número de registro de salida correspondiente. Si el interesado se encuentra en el extranjero se le remitirá mediante correo electrónico copia digitalizada, quedando el original en el expediente administrativo a disposición del interesado.
5.- Al efectuar el trámite, si el interesado se encuentra en las dependencias de Registro del INFO, el empleado público habilitado presentará al interesado copia impresa de la cumplimentación de datos en el sistema de información que dé soporte al mismo para que éste preste su conformidad mediante firma en el impreso, antes de proceder a completar la actuación. Si el interesado se encuentra en el extranjero, junto con el Anexo II firmado, deberá remitir copia impresa y firmada del formulario cuya versión digital idéntica, que también deberá ser remitida por el interesado, desea que se incorpore al registro telemático.
El interesado será el responsable de que ambos documentos sean idénticos
NPE: A-040519-2656
