RESOLUCIÓN TES/3137/2020, de 27 de noviembre, por la que se hace pública la parte dispositiva de una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 273/2018., - Diario Oficial de Cataluña, de 03-12-2020
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Ambito: Cataluña
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8286
F. Publicación: 03/12/2020
La sección quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en fecha 27 de julio de 2020, ha dictado Sentencia en el recurso contencioso administrativo número 273/2018, interpuesto por Consorcio Nacional de Industriales del Caucho contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, porel que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña (PRECAT20).
El artículo 104.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa dispone que, una vez que la sentencia sea firme, el secretario judicial lo tiene que comunicar en el plazo de diez días al órgano que ha llevado a cabo la actividad objeto del recurso, a fin que, una vez recibida la comunicación, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones que contenga la decisión, y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquella.
El artículo 107.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa dispone que si la sentencia anula total o parcialmente una disposición general o un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, el secretario del órgano judicial tiene que ordenar la publicación en un diario oficial en el plazo de diez días a contar de la firmeza de la sentencia.
Visto que la sentencia es firme, y de acuerdo con los artículos citados:
Resuelvo:
Dar publicidad de la parte dispositiva de la Sentencia de 27 de julio de 2020, dictada en el recurso contencioso administrativo número 273/2018, para conocimiento general, que, reproducida textualmente, establece:
Primero. Rechazar la falta de competencia y estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el 'CONSORCIO NACIONAL DE INDUSTRIALES DEL CAUCHO' contra el Real Decreto 210/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el Programa de Prevención y Gestión de Residuos y Recursos de Cataluña 'PRECAT20'.
Segundo. Declarar nulos los apartados 4b.9 y 10; 5b.2, 6b-24, 25 y 26 del PRECAT20.
Tercero. Imponer las costas del recurso a las Administraciones demandadas, hasta el límite señalado en el último fundamento.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma. Rafael Fernández Valverde - Octavio Juan Herrero Pina- Wenceslao Francisco Olea Godoy- Inés Huerta Garicano - Francisco Javier Borrego Borrego- Ángeles Huet de Sande.
Barcelona, 27 de noviembre de 2020
Josep Maria Tost
Director
