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Resuelvo: �nico Calendario de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable

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1. Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2022, las siguientes:

- 1 de enero: Año Nuevo.

- 6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

- 14 de abril: Jueves Santo.

- 15 de abril: Viernes Santo.

- 18 de abril: Lunes de Pascua.

- 25 de julio: Santiago Apóstol.

- 15 de agosto: Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

- 1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

- 3 de diciembre: San Francisco Javier.

- 6 de diciembre: día de la Constitución.

- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

- 26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.

En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.

2. La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos. Por lo que se ruega a los Ayuntamientos para que antes del próximo 15 de noviembre, remitan al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, propuesta de la festividad que ha de regir en esa localidad, con indicación de fecha y conmemoración. En el supuesto de que existan concejos integrados en su Ayuntamiento, deberá señalar igualmente las fiestas de los mismos.

En caso de no comunicar en el plazo señalado la festividad de carácter local, será este departamento quien determine la misma, que serán las señaladas en las Resoluciones de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo números 819/2020, de 24 de noviembre y 20/2021, de 22 de enero, publicadas en el Boletín Oficial de Navarra, número 287 de 14 de diciembre de 2020 y número 31 de 10 de febrero de 2021 respectivamente). Solamente en el supuesto de que esa fecha o la que señalara ese Ayuntamiento coincidiera en domingo o festivo, se trasladará automáticamente al día laborable siguiente.

3. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

4. Trasladar la presente resolución al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

5. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 9 de abril de 2021.- La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

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