Seccion 3 Universidades -Derogada-

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Sección III. Funciones de dirección de tesis doctorales

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El personal investigador en posesión del Título de doctor, perteneciente a los Organismos Públicos de Investigación, podrá realizar funciones de dirección de tesis doctorales, previo acuerdo del órgano responsable del programa de doctorado de la respectiva Universidad.

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