Legislación

Sentencia de 2 de abril de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestion de ilegalidad planteada por la Seccion 2 ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en relacion con lo dispuesto en el articulo 332 del Reglamento del Dominio Publico Hidraulico aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. - Boletín Oficial del Estado, de 11-06-2009

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Junio de 2009

F. entrada en vigor: 01/07/2009

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 141

F. Publicación: 11/06/2009

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 141 de 11/06/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

En la cuestión de ilegalidad n.º 4/2008, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 2 de abril de 2009, que contiene el siguiente fallo:

FALLO

Se desestima la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección 2.ªde la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 3 de junio de 2008 (recurso contencioso-administrativo 840/02) en relación con lo dispuesto en el artículo 332 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. No se hace imposición de las costas procesales.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López; Magistrados: Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Valverde; Excmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas; Excma. Sra. D.ªMaría del Pilar Teso Gamella.