Legislación

SENTENCIA de 31 de enero de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el Real Decreto 288/1997, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Cuerpos, Escalas y Especialidades Fundamentales de los Militares de Carrera. - Boletín Oficial del Estado, de 04-04-2005

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Abril de 2005

F. entrada en vigor: 04/04/2005

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 80

F. Publicación: 04/04/2005

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 80 de 04/04/2005 y no contiene posibles reformas posteriores

En los recursos contencioso-administrativos acumulados números 422, 423, 424, 425 y 433 de 1997, interpuestos por la representación procesal del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, Unión de Asociaciones de Ingenieros Técnicos Industriales de España, Instituto de Ingenieros Técnicos de España, Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos y Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 31 de enero de 2005, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS Debemos estimar y estimamos los recursos contencioso-administrativos acumulados números 422, 423, 424, 425 y 433 de 1997, interpuestos por la representación procesal del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, Unión de Asociaciones de Ingenieros Técnicos Industriales de España, Instituto de Ingenieros Técnicos de España, Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos y Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, contra el Real Decreto 288/1997, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Cuerpos, Escalas y Especialidades Fundamentales de los Militares de Carrera, que declaramos nulo de pleno derecho, por haberse prescindido en el procedimiento de elaboración de la audiencia de las organizaciones colegiales afectadas durante el período de su vigencia hasta su derogación expresa por Real Decreto 207/2003, de 21 de febrero (BOE de 5 de marzo de 2003) , sin efectuar expresa imposición de costas.

Publíquese el presente fallo en el BOE, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley de la Jurisdicción 29/1998.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. Enrique Cáncer Lalanne; Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén, y Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva.