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Sentencia de 28 de mayo de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Klaus Peter Bach contra el Real Decreto 688/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre., - Boletín Oficial del Estado, de 17-09-2025

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Ambito: BOE

Órgano emisor: Tribunal Supremo

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 224

F. Publicación: 17/09/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 224 de 17/09/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

Sentencia de 28 de mayo de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Klaus Peter Bach contra el Real Decreto 688/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.

En el recurso contencioso-administrativo 01/815/2022 interpuesto por la representación de don Klaus Peter Bach contra el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, publicado en el BOE de 2 de agosto de 2022,

La Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 28 de mayo de 2024 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido,

Estimar el recurso contencioso-administrativo 815/2022, interpuesto por la representación procesal de don Klaus Peter Bach, contra el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, que se declara nulo de pleno derecho, por no estar ajustado al ordenamiento jurídico; con imposición de costas a la Administración General del Estado, hasta el límite señalado en el último fundamento.

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.

Así se acuerda y firma. Carlos Lesmes Serrano, presidente; Wenceslao Francisco Olea Godoy; José Luis Requero Ibáñez; Ángel Ramón Arozamena Laso; Ángeles Huet de Sande.