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Séptimo �nico se adoptan medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa en la Comunidad Autónoma de Castilla y León

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La presente Resolución entrará en vigor el domingo 9 de noviembre y mantendrá su vigencia hasta el 30 de noviembre. Dicho plazo podrá prorrogarse mediante Resolución expresa en función de la evolución epidemiológica de la DNC.

(NOTA: Se prorroga la vigencia de lo indicado en la presente resolución, que permanecerá vigente desde el 2 de enero de 2026 hasta el 31 de enero de 2026)

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 6 de noviembre de 2025.

El Director General de Producción Agrícola y Ganadera,

Fdo.: Rubén Serrano Fernández