Séptimo �nico de se convocan las acciones formativas de actualización y especialización dirigidas a funcionarios de los Cuerpos de Policía Local para 2026 de la Comunidad de Madrid
Séptimo. Presentación de solicitudes: plazo, lugar y forma
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las solicitudes se presentarán por los interesados que cumplan los requisitos de participación, debiendo aportar la documentación relacionada en el punto octavo de esta Resolución.
2. Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace https://sede.comunidad.madrid/guia-administracion-electronica#notificaci...
3. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid
4. Será preciso a este fin, disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación" o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, previa resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá acreditarse aportando la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en el punto 3 de este mismo apartado.
8. Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Asimismo, tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
9. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. No obstante, lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado.
10. Las Administraciones Públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
11. En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo será tenida en cuenta la última presentada.
12. En el punto de acceso general de administración electrónica del portal de la Comunidad de Madrid (https://sede.comunidad.madrid/), se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo las instrucciones en el proceso de registrar la solicitud. Se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: "Mi cuenta digital", "Mis gestiones", "Consultar documentos" (https://digital.comunidad.madrid/mis-gestiones ).
13. El solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
14. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le entenderá por desistido de su petición.
15. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación del contenido íntegro de la presente convocatoria.
16. Los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso de selección, con la firma de su solicitud de participación prestan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de su nombre, apellidos y municipio de destino profesional en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.
