Titulo 8 Derecho a la vivienda de C León

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TÍTULO VIII. Régimen sancionador

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(NOTA: Determinará una reducción del 50% del importe de la sanción pecuniaria y el reconocimiento de los hechos que constituyen el objeto de la sanción, poniendo fin a la vía administrativa la resolución que se dicte al efecto, el pago voluntario, en el plazo de treinta días desde la notificación de la propuesta de resolución, de la sanción pecuniaria resultante de la comisión de cualquiera de las infracciones que no sean muy graves previstas en el presente título)

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