Vigésimo �nico para se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local para el año 2025 en el Fondo de Cooperación Económica Local General
Vigésimo. Inversiones para hacer frente a desafíos demográficos.
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En las subvenciones destinadas a inversiones para hacer frente a los desafíos demográficos, serán de aplicación las previsiones establecidas en el artículo anterior, con las siguientes especialidades:
1. Los proyectos de inversión deberán ser en todo caso, diferentes de los incluidos en las relaciones tanto preferentes, como supletorias para las inversiones sostenibles, y su finalidad siempre será hacer frente a los desafíos demográficos.
2. Las entidades locales beneficiarias deberán presentar hasta el día 17 de octubre de 2025, certificado expedido por la Secretaría que acredite la contratación o resolución por la que se acuerde su ejecución directa por la propia Administración de los proyectos de inversión financiados, preferentes o supletorios, con cargo al presente Fondo, según el Modelo I que se encuentra disponible en la siguiente ruta:
«Sede Electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)». Trámites y servicios, Por materia, Administración local, Ayudas de la cooperación económica local general y específicamente del Fondo de Cooperación Local 2025: Fondo de Cooperación Económica Local General 2025.
Este certificado deberá presentarse a través de la dirección electrónica: https://servicios.jcyl.es/wcoe/, Solitudes de ayudas, «Gestión de acreditaciones»
3. Las entidades locales beneficiarias deberán ejecutar las inversiones y presentar la documentación justificativa de dicha ejecución y pago hasta el 30 de octubre 2026.
Este certificado deberá presentarse a través de la dirección electrónica: https://servicios.jcyl.es/wcoe/, Solitudes de ayudas, «Gestión de justificaciones».
No se concederá prórroga al plazo establecido para la ejecución y pago total del proyecto de inversión financiado, ni para la justificación de la inversión.

