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01/01/2013

Este proceso se hará de forma progresiva durante 2013

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Materias: laboral

Fecha: 01/01/2013

La nueva normativa relativa a las notificaciones Telemáticas de la Seguridad Social obliga a que el 100% de las empresas españolas cumplan sus obligaciones con la Seguridad Social a través del uso de medios telemáticos. También los trabajadores autónomos tendrán que utilizar el sistema RED para los trámites con el organismo, y se implantarán nuevos servicios ligados a la cotización y recaudación.

Por otro lado, se establece un mecanismo de alerta que informa de la existencia de una notificación electrónica mediante un mensaje de texto al teléfono móvil o a través del correo electrónico para garantizar la eficacia del propio sistema de notificación.

La implantación del sistema NOTESS de la Seguridad Social conseguirá centralizar y agilizar el tiempo de gestión administrativa, y dará continuidad al proyecto de reducción de plazos iniciado el pasado año. En este sentido, el tiempo se rebajará en casi un mes, ya que se elimina la espera de correo postal y la publicación de Boletines Oficiales. Además, se incrementa la capacidad de respuesta gracias a la inmediatez de las comunicaciones telemáticas y se garantiza la seguridad de las mismas.

Los SUJETOS OBLIGADOS a recibir estas notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos serán los siguientes:

  • Empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, y obligados a incorporarse al Sistema RED con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta.
  • Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (exceptuando los del Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios), que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores, en cuyo caso también estarán obligados a transmitir por el mismo sistema sus propios datos como trabajadores autónomos.
  • Aquellos sujetos que, sin estar obligados a incorporarse al Sistema RED, se hayan adherido voluntariamente al mismo, en tanto se mantenga su incorporación al citado sistema.

Contrariamente, NO ESTARÁN OBLIGADOS:

  • Empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen General, por lo que respecta a los colectivos de profesionales taurinos y representantes de comercio y a los Sistemas Especiales para Empleados de Hogar y de la Industria Resinera.
  • Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que no tengan la condición de empresarios (sin trabajadores a su cargo), y en cualquier caso también aquellos que pertenezcan al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  • Trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Las NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS a los sujetos obligados se realizarán mediante el sistema de comparecencia en la SEDESS, en la dirección electrónica: https://sede.seg-social.gob.es

El autorizado RED recibirá un mensaje a través del Sistema RED y las empresas por correo electrónico, informando sobre las notificaciones puestas a disposición en SEDESS. El acceso a SEDESS cada diez días garantizará el conocimiento de todas las notificaciones.

El usuario podrá realizar estas gestiones y recibir mensajes de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sin necesidad de desplazamientos innecesarios. Se trata de los trámites relacionados con las obligaciones de cotización, afiliación, y partes de alta y baja médica de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Las puesta en marcha de las nuevas notificaciones telemáticas es posible gracias a la consolidación del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) que canaliza la relación telemática de la Administración de la Seguridad Social con las empresas y sus autorizados, y ahora con los trabajadores autónomos que estén obligados a transmitir por este sistema los datos de los trabajadores.

COMUNICACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD

La implantación de la obligatoriedad de la notificación telemática se va a realizar DE FORMA ESCALONADA A LO LARGO DEL AÑO 2013. 

Los sujetos obligados recibirán por correo postal la notificación de su inclusión en el sistema de notificación electrónica, siendo la obligatoriedad efectiva en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la comunicación. La falta de notificación de esta resolución por causa no imputable a la Administración de la Seguridad Social determinará su publicación en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, ubicado en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS).

ACTOS NOTIFICABLES POR VÍA TELEMÁTICA

Los actos de gestión recaudatoria objeto de notificación telemática son los siguientes:

  • Reclamaciones de deuda
  • Providencias de apremio
  • Comunicación del inicio del procedimiento de deducción
  • Actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos
  • Paulatinamente, se irán incorporando nuevos actos. Sus fechas de inclusión se regularán resoluciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

Normativa relacionada

Información o consulta

Para cualquier información o consulta, la Tesorería General de la Seguridad Social ha organizado un soporte de atención a través del teléfono 901 50 20 50 y Twitter: @Info_TGSS. Igualmente este proceso ha sido desarrollado en el Boletines de Noticias del Sistema RED 2013/3 de 25 de abril de 2013

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