En 2019 los convenios colectivos podrán establecer jubilaciones obligatorias por edad.
Noticias
En 2019 los convenios col... por edad.

Última revisión
04/01/2019

En 2019 los convenios colectivos podrán establecer jubilaciones obligatorias por edad.

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Materias: laboral

Fecha: 04/01/2019

Cláusulas convenios colectivos jubilación forzosa.
Cláusulas convenios colectivos jubilación forzosa.

Dentro de las medidas de ámbito laboral y de empleo establecidas con efectos del 1 de enero de 2019 por el L-26140000, se encuentra la de reinstaurar la capacidad de los convenios colectivos de establecer jubilaciones obligatorias o forzosas por edad, recuperando un instrumento que en su redacción hasta la fecha la D.A. 10ª ET había anulado. En este sentido, la nueva redacción aportada a la disposición del texto estatutario permitirá el rejuvenecimiento de plantillas, dado que los contratos extinguidos serán reemplazados, en ciertas condiciones legales, por nuevas contrataciones de desempleados o por transformaciones de temporales en indefinidos o de trabajadores contratados a tiempo parcial por contrataciones a tiempo completo. Esto es, no se trata de una posibilidad indiscriminada, sino de reconocer una capacidad convencional sometida a condiciones de política de empleo en las empresas o sectores que asumieran tal estrategia.

D.A. 10ª. Cláusulas de los convenios colectivos referidas al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

HASTA 31/12/208

A PARTIR DEL 01/01/2019

«Se entenderán nulas y sin efecto las cláusulas de los convenios colectivos que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad ordinaria de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, cualquiera que sea la extensión y alcance de dichas cláusulas»

«Los convenios colectivos podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) El trabajador afectado por la extinción del contrato de trabajo deberá cumplir los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho al cien por ciento de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva.

b) La medida deberá vincularse a objetivos coherentes de política de empleo expresados en el convenio colectivo, tales como la mejora de la estabilidad en el empleo por la transformación de contratos temporales en indefinidos, la contratación de nuevos trabajadores, el relevo generacional o cualesquiera otras dirigidas a favorecer la calidad del empleo.»

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Cómo seleccionar el convenio colectivo aplicable a una empresa. Paso a paso
Disponible

Cómo seleccionar el convenio colectivo aplicable a una empresa. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

El Derecho del trabajo que viene
Disponible

El Derecho del trabajo que viene

V.V.A.A

21.25€

20.19€

+ Información

Contenido de los Convenios Colectivos
Disponible

Contenido de los Convenios Colectivos

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información