
La Dirección General de Tributos reitera que en la cesión de vivienda a empleados deben constar los nombres de estos
Materias: Fiscal Fecha: 13/05/2022
La Dirección General de Tributos reitera criterio sobre la necesidad de que se hagan constar los nombres de los inquilinos en los subarriendos de vivienda de una entidad a sus empleados.
Voces
Subarriendo
Arrendatario
Contrato de arrendamiento
Persona física
Impuesto sobre el Valor Añadido
Arrendamiento de vivienda
Escuela infantil
Rentas en especie
Consumidor final
Bienes inmuebles
Fraude fiscal
Empresario individual
Derechos reales de goce y disfrute
Transmisión de derechos reales
Uso de la vivienda
Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
Impuesto sobre sociedades
Vivienda habitual
A título gratuito
Prestación de servicios
Entrega de bienes
Persona jurídica
Negocio jurídico
Residencia
Exención del IVA
Medios de prueba