Última revisión
04/03/2025
Absuelta una médica acusada de homicidio imprudente

En nota del Poder Judicial se nos informa de que el Juzgado de lo Penal n.º 2 de Oviedo ha absuelto a una médica de un centro sanitario privado de la capital del Principado del delito de homicidio por imprudencia grave del que había sido acusada por la muerte de una paciente de 73 años. La magistrada, habiendo dejado claro que no ha quedado determinada de forma concluyente la causa del fallecimiento de la mujer, resuelve que la médico de familia, que estaba adscrita al servicio de urgencias, «pautó el tratamiento adecuado al estado que apreció claramente en la paciente, en situación agónica, esto es de inminente fallecimiento, como así sucedió».
Por un lado, el Ministerio Fiscal mantuvo su solicitud de un año de prisión y 3 años de inhabilitación profesional por el delito de homicidio por imprudencia grave, pues entendió que la médico había efectuado un diagnóstico de la paciente de edema agudo de pulmón, haciendo «caso omiso de lo que marca el protocolo y, con claro incumplimiento de la "lex artis", únicamente le pautó cuidados paliativos».
Por otro lado, la acusación particular, ejercida por los hijos de la paciente, quienes fueron indemnizados en un procedimiento civil previo, mantuvo la petición de condena ya que consideraban que los cuidados paliativos que había sido indicados por la doctora constituían una «negligencia médica inexcusable» porque había «una alternativa terapéutica».
Una vez valoradas las declaraciones testificales y periciales, la magistrada estimó como probado el testimonio de la médica, según el cual la paciente mostraba un «deterioro general importante» y «estaba desconectada del medio» en el momento en el que la doctora intervino en el tratamiento. De igual manera, la magistrada considera probado que la acusada, en una praxis adecuada, consultó los pasos a seguir con el médico internista que había seguido la evolución de la paciente desde que ésta había ingresado en la clínica y, vistos los informes de peritos llamados a propuesta de las partes, la magistrada insiste en que todos ellos «han tenido ocasión de aportar informes periciales sobre la posible causa de la muerte y sobre la actuación llevada a cabo por la acusada; contando todos ellos, también los médicos forenses a petición judicial, con el material necesario y tiempo más que suficiente para ello, a diferencia de la acusada quien en 59 minutos después de empezar su turno de guardia se encontró con una situación clínica aguda».
Asimismo, advierte que «el estado agónico de la paciente desaconsejaba no sólo su ingreso en UVI, sino también su sometimiento a un tratamiento intensivo agudo, por lo que el resultado de muerte se habría producido, en todo caso, de forma más o menos inminente».
En conclusión, la sentencia del Juzgado de lo Penal n.º 2 de Oviedo absuelve a la médica del delito de homicidio por imprudencia grave al considerar que actuó de manera adecuada y conforme a los protocolos médicos establecidos, y que la causa del fallecimiento de la paciente no ha podido ser determinada de manera concluyente. Esta resolución no es firme y puede ser apelada ante la Audiencia Provincial de Oviedo.
FUENTE: Poder Judicial
