Última revisión
31/12/2015
Con fecha 30 de diciembre de 2015, se ha publicado en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT), la Resolución del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se incorporan nuevos trámites y actuaciones al catálogo de trámites y actuaciones para los que se puede apoderar para su realización por Internet ante la AEAT.

En el año 2004, fue creado por la Agencia Tributaria, un registro de apoderamientos para la realización de determinados trámites y actuaciones por Internet.
Por medio de una Resolución de la Dirección General de la AEAT, fue ampliado ese registro, aumentando los instrumentos que ofrece la Administración Tributaria a los interesados para su actuación a través de Internet.
En 2007, se permitió a quienes quisieran actuar a través de representante por Internet, optar por el modelo inicialmente establecido, delimitando la extensión del poder que otorgan mediante la elección singular de cada uno de los trámites, u otorgar poder a un tercero con carácter general.
En el año 2012, se reconoció la posibilidad que se otorga al apoderado, para señalar los días en los que la AEAT, no podrá poner a disposición de los obligados tributarios, notificaciones en la dirección electrónica habilitada, como la necesidad de acreditar previamente la comunicación fehaciente de la renuncia del apoderamiento al representado.
Recientemente, mediante una Resolución de 22/10/2014, la Dirección General de la AEAT, se ampliaron los supuesto de incorporación al registro de sucesores y agilizar el registro.
A través de esta resolución de 30 de diciembre, se incorporan nuevos trámites y actuaciones al catálogo de trámites y actuaciones para los que se puede apoderar para su realización por Internet ante la AEAT.
La misma será de aplicación, a partir de su publicación en la Sede electrónica de la AEAT.
No obstante, respecto de los modelos 151 y 280, será de aplicación por primera vez para la presentación, consulta y notificación de los modelos correspondientes al ejercicio 2015.
FUENTE: AGENCIA TRIBUTARIA
