El Consejo de Ministros a...re y aéreo

Última revisión
09/09/2022

El Consejo de Ministros actualiza la normativa nacional sobre transporte terrestre y aéreo

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: mercantil, administrativo

Fecha: 09/09/2022

Conductor camión
Conductor camión

 

El Consejo de Ministros celebrado el 6 de septiembre de 2022 aprobó dos reales decretos a través de los cuales se avanza en la actualización de la normativa del transporte terrestre y aéreo:

  • A propuesta de los Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Interior, Trabajo y Economía Social e Industria, Comercio y Turismo, aprobó la modificación del Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.
  • También aprobó otro real decreto con la participación de los Ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Defensa, así como del sector, por el que se establecen las disposiciones complementarias de la normativa europea en materia de títulos y licencias del personal de vuelo de las aeronaves civiles y restricciones operativas por ruido, y por el que se modifican los siguientes reales decretos en estas materias:
    • El Real Decreto 660/2001, de 22 de junio, por el que se regula la certificación de las aeronaves civiles y de los productos y piezas relacionados con ellas.
    • El Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.
    • El Real Decreto 1952/2009, de 18 de diciembre, por el que se adoptan requisitos relativos a las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial.
    • El Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS). 
    • Y el Real Decreto 1238/2011, de 8 de septiembre, por el que se regula el servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria. 

Actualización de la normativa sobre transporte por carretera

A través de la modificación del real decreto de excepciones sobre tiempos de conducción y descanso y uso del tacógrafo en el transporte por carreteras, se incluyen algunas modificaciones amparadas por el derecho comunitario que se han considerado importantes para el sector en nuestro país.

Así, entre otras cuestiones, se reformulan algunas excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre los tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo, se introducen otras nuevas y se actualizan algunas referencias normativas.

Además, también se consideran de manera muy especial las particularidades de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, equiparando su situación a las islas de los territorios nacionales de superficie no superior a 2.300 kilómetros cuadrados.

De este modo, se incorporan tres nuevas excepciones:

  1. Transporte privado complementario de maquinaria de construcción para una empresa de construcción realizado mediante vehículos o conjunto de vehículos dentro de un radio de cien kilómetros alrededor del centro de operaciones de la empresa, siempre que la conducción de los vehículos no constituya la actividad principal del conductor.
  2. Transporte de hormigón preamasado en vehículos especialmente fabricados al efecto íntegramente comprendidos en un radio de cien kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo.
  3. Transporte realizado en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla por la equiparación a las islas de los territorios nacionales de superficie no superior a 2.300 kilómetros cuadrados y que no estén conectados al resto del territorio nacional por un
    puente, vado o túnel abierto a vehículos a motor, ni linden con otro estado miembro de la UE.

Finalmente, se modifican las distancias máximas de determinadas exenciones, aumentándose de 50 a 100 kilómetros, en consonancia con lo aplicado en otros Estados Miembros.

Actualización del marco normativo en materia aérea

Con el real decreto aprobado se derogan expresamente las disposiciones nacionales que regulan cuestiones cubiertas por los reglamentos de la Unión Europea (UE) en diversas áreas de la aviación civil, manteniendo actualizadas aquellas otras disposiciones que siguen siendo necesarias para complementar la normativa de la UE o que se mantienen en el ámbito de las competencias de los Estados miembros.

Se trata de un real decreto de carácter fundamentalmente técnico, que aborda ámbitos diversos de la aviación civil, como los siguientes:

  • Los títulos y licencias del personal de vuelo de las aeronaves civiles.
  • Las restricciones operativas relacionadas con el ruido en aeropuertos.
  • La certificación de las aeronaves civiles y de los productos y piezas relacionadas con ellas.
  • La licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.
  • Las limitaciones del tiempo de vuelo y actividad y requisitos de descanso de las tripulaciones de servicio en aviones que realicen transporte aéreo comercial.
  • La provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS) y el servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria.

Con ello, se trata de adecuar las normas nacionales a las comunitarias proporcionando más sencillez y claridad a la hora de la aplicación del marco jurídico nacional en la materia.

 

Fuente: Consejo de Ministros.

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