Desde el 8 de noviembre d...sidencia.

Última revisión
09/11/2015

Desde el 8 de noviembre de 2015 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

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Materias: laboral, administrativo, extranjeria

Fecha: 09/11/2015

Siguiendo con la Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil sobre el nuevo Procedimiento para la obtención de la Nacionalidad Española por Residencia publicada el 14 de julio de 2015, el nuevo Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, regula:

  • I.- Previsiones relativas la regulación de las pruebas objetivas tanto de diplomas de español como lengua extranjera (DELE), como de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), diseñadas y administradas, de conformidad con el penúltimo párrafo del apartado 3 de la disposición final séptima de la Ley 19/2015 de 13 de Jul, por el Instituto Cervantes.
  • II.- Se ha considerado que dicha prueba de examen no sea necesaria cuando se trate de interesados con nacionalidad de un país o territorio de habla hispana o cuando los interesados hayan obtenido con anterioridad un DELE como mínimo del nivel A2.
  • III.- Se mantiene la obtención de oficio de cuantos informes se considere necesario recabar de las Administraciones Públicas competentes y, en todo caso, el del Ministerio del Interior, conforme exige la norma vigente. Asimismo se requiere el informe que el Centro Nacional de Inteligencia emita en el ejercicio de las funciones que tiene legalmente encomendadas.

Pago de tasas.

El pago de la tasa por la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia,, se efectuará por el interesado o por su representante, previa cumplimentación del correspondiente formulario de pago, en la forma que determine el Ministerio de Justicia. El modelo normalizado de pago de la tasa se encontrará disponible en la página web del Ministerio de Justicia.

Dicha tasa no incluye los precios de las pruebas de examen DELE ni de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes. Los precios de tales pruebas se regirán por lo establecido en la normativa específica de dicho organismo público.

Acreditación del conocimiento básico de la lengua española mediante certificados académicos oficiales.

Los solicitantes de nacionalidad española por residencia podrán acreditar el conocimiento básico de la lengua española mediante la aportación al Instituto Cervantes de los certificados oficiales de los niveles básico (A2), intermedio y avanzado de las enseñanzas de español como lengua extranjera, expedidos por la correspondiente Administración educativa al amparo del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de May.

Presentación de solicitudes ante Registros Civiles, órganos administrativos y por vía electrónica.

Durante el periodo transitorio que media desde la entrada en vigor del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre (8/11/2015) hasta el 30 de junio de 2017, los interesados podrán seguir presentando sus solicitudes ante el Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado. Dichas solicitudes se presentarán en soporte papel. En tales casos, el Registro civil realizará al interesado los requerimientos necesarios para completar las solicitudes incompletas y, una vez contengan toda la documentación exigida por el presente real decreto, las remitirá a la Dirección General de los Registros y del Notariado

La remisión de documentos desde los Registros Civiles a la Dirección General de los Registros y del Notariado se llevará a cabo, siempre que sea posible, de modo telemático, previa digitalización de los documentos, en las condiciones que determine la referida Dirección General. Cuando no pueda llevarse a cabo dicha conversión a formato electrónico, será responsable de la misma la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Una vez finalizado el periodo transitorio a que se refiere esta disposición, las solicitudes solo podrán presentarse a través de la correspondiente aplicación electrónica, o bien conforme a las reglas generales sobre presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones de los ciudadanos ante los órganos de las Administraciones Públicas. Ambas modalidades son asimismo posibles durante el periodo transitorio que finaliza el 30 de junio de 2017.

Pruebas relativas al grado de integración en la sociedad española.

Los interesados deberán superar tanto los exámenes para la obtención del diploma de español como lengua extranjera (DELE) como mínimo de nivel A2, como la prueba que acredite el conocimiento de los valores históricos, constitucionales y socioculturales de España (CCSE), derivados de la configuración de España como un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, y del conocimiento y respeto de los principios de conforman la convivencia en la sociedad española.

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