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Última revisión
18/07/2019

La Agencia Tributaria hace público el listado de deudores con Hacienda siguiendo el art. 95 bis de la Ley General Tributaria

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: fiscal, administrativo

Fecha: 18/07/2019

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La Agencia Tributaria ha hecho público un nuevo listado de deudores a la Hacienda pública (la primera lista de morosos fue publicada el 23 de diciembre de 2015), en cumplimiento de lo previsto en el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria.

La situación refleja el listado de deudores (personas físicas y jurídicas) a fecha de 31 de diciembre de 2018 (fecha de referencia señalada en el citado art. 95 bis LGT LGT), con deudas superiores al millón de euros, que no se encontraban ni suspendidas ni aplazadas.

El listado incluye los siguientes dados:

  • Personas físicas: NIF; nombre y apellidos
  • Personas jurídicas y otras entidades del art. 35.4 LGT LGT: NIF; razón o denominación social.
  • Identificación del deudor
  • Importe total de las deudas y sanciones pendientes de pago en las que concurren los requisitos del apdo. 1 del art. 95 bis de la LGT

Este nuevo listado, habiéndose adoptado las medidas para impedir la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda en Internet, no afectará a las actuaciones realizadas por el deudor con posterioridad a la fecha de referencia, en orden al pago de las desudas y sanciones incluidas en el mismo, suponiendo el fin de la vía admisnitrativa.

Contra el acuerdo de publicación se puede interponer en el plazo de un mes desde la fecha de publicación recurso potestativo de reposición ante el Directos General de la AEAT, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de los Contencioso-Administrativo de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

 

Listado de deudores a la Hacienda Pública (art. 95 bis LGT)

FUENTE: AGENCIA TRIBUTARIA

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