Última revisión
10/03/2014
El hombre simuló haber sido contratado por una empresa para, posteriormente, denunciarla y obtener una indemnización del Fogasa, del que logró obtener 5.000 euros.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y medio de prisión a un hombre que simuló haber sido contratado por una empresa para, posteriormente, denunciarla y obtener una indemnización del Fogasa.
Según se explica en la sentencia, fechada el 14 de octubre, este hombre presentó en octubre de 2008 ante el Juzgado de lo Social número 3 de Santander una demanda en la que reclamaba una indemnización por parte de una empresa, de la que aseguró haber sido empleado entre septiembre y diciembre de 2007.
Para acreditarlo, en la tramitación del procedimiento presentó como prueba de su relación laboral un contrato de trabajo firmado, supuestamente por la administradora de la empresa. Sin embargo, según la sentencia, resultó que la firma no fue efectuada por la empleadora, que tampoco prestó su consentimiento a ese contrato, y la relación laboral tampoco resultó ser cierta.
La Audiencia considera probado que la firma fue realizada "materialmente por Ángel o, a su instancia, por una tercera persona de quien se sirvió para tal finalidad".
El hombre simuló, con ese documento, una relación laboral "inexistente" en la que creyó el órgano judicial, que dictó una sentencia favorable por la que el Fogasa le indemnizó con casi 5.000 euros.
Una vez concedida la indemnización, el juzgado se puso en contacto con la empresa para recuperar la cantidad ya que ésta era responsable solidaria, siendo notificado a la responsable de la compañía el embargo de esa cantidad en julio de 2009.
Según relata la sentencia, "para culminar la apariencia" de esta relación laboral "inexistente", el acusado presentó ante la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico dos documentos en demanda de solicitud de ayudas por contratación de 15 de septiembre de 2007, en los que, al igual que el caso del contrato, había hecho constar la firma de la empleadora, "igualmente estampándola él o sirviéndose de tercero no identificado".
Por estos hechos, A.F.G. ha sido condenado a un año de cárcel como autor de un delito de estafa procesal y a seis meses por otro de falsedad documental en concurso real, con atenuante de reparación del daño, ya que ha indemnizado a la empleadora. Además, por cada uno de los delitos ha sido condenado a pagar una multa de 540 euros, lo que suma 1080.
Es importante mencionar que contra la presente sentencia cabe recurso de casación que debe resolver el Tribunal Supremo.
