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02/02/2017

Sometido a información pública el borrador de anteproyecto de ley de empleo público de la Comunitat Valenciana.

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Materias: laboral

Fecha: 02/02/2017

Anteproyecto de ley de empleo público de la Comunitat Valenciana.

Mediante la Resolución de 30 de enero de 2017, de la directora general de Función Pública (DOGV 1 de febrero de 2017), se somete al trámite de información pública el borrador de anteproyecto de ley de empleo público de la Comunitat Valenciana, en el que destacan novedades como:

- Una definición de empleo público tanto en el concepto de “Administración de la Generalitat” como en las entidades locales o los sectores educativo y sanitario de la comunidad autónoma.

- Los grupos y subgrupos son los contemplados en la legislación básica, no obstante, se contempla el establecimiento de una serie de tareas en función del nivel de clasificación, la definición clara de los cuerpos generales y cuerpos especiales y se exige el nivel académico de grado para el acceso al subgrupo A1.

- En relación con el personal interino se establece que solamente puedan acceder a esta condición quienes hayan acreditado suficientemente el mérito y la capacidad, qué tipo de tareas son susceptibles de ser desempeñadas por personal eventual y se regula con un capítulo específico el régimen jurídico de la dirección pública profesional, definiendo los contornos de la figura, el tipo de puestos de trabajo que se engloban en la misma, los requisitos de los mismos , el procedimiento de designación, recogiendo con especial énfasis la necesidad de respetar los principios de publicidad, mérito y capacidad en un procedimiento tendente a acreditar de modo suficiente la idoneidad profesional de las personas nombradas, cuya gestión deberá ser evaluada.

- La provisión de puestos contempla novedades significativas ya que se contempla el concurso específico como medio ordinario de cobertura de los puestos de jefe de servicio o similares y se establece en qué supuestos puede recurrirse a la libre designación, estableciendo además una serie de cautelas jurídicas en esta materia.

- Se clarifican los supuestos de movilidad administrativa e intersectorial.

- Los organismos públicos así como el resto de entidades que conforman el Sector Público Instrumental de la Generalitat no podrán nombrar personal eventual.

- Programa de ayudas para la preparación de oposiciones para el acceso a un Cuerpo, Escala o agrupación de puestos de trabajo mediante la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas, y de sus correspondientes convocatorias para contribuir en los gastos ocasionados por la preparación de los procesos selectivos.

Las alegaciones, sugerencias, u observaciones efectuadas por las personas o entidades que se consideren interesadas deben formularse por escrito (mediante los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre)  dirigido a la Dirección General de Función Pública, en el plazo de 10 días hábiles desde el 2 de febrero de 2017.

 

BORRADOR ANTEPROYECTO DE LEY DE EMPLEO PÚBLICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

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