El decreto-ley andaluz de...o central.

Última revisión
27/05/2015

El decreto-ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento del fin social de la vivienda, conocido como decreto antidesahucios, que preveía la expropiación de viviendas vacías en manos de los bancos, ha sido declarado anticonstitucional en los aspectos que invaden competencias exclusivas del Ejecutivo central.

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Materias: civil, fincas

Fecha: 27/05/2015

En junio de 2013, el Gobierno central recurrió, alegando invasión competencial por parte de la Junta de Andalucía, el decreto andaluz antidesahucios, en su disposición adicional segunda y el artículo 1, que daba una nueva redacción a los artículos 1.3 y 53.1.a) de la Ley 1/2010 de 8 de Mar C.A. Andalucía

Ahora el Tribunal Constitucional, estima la pretensión del Gobierno y declara nulo, el artículo del decreto ley andaluz que establece para el propietario de una vivienda “el deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico”, no por razones de fondo sino porque, debería ser aprobado a través de una ley formal, ya que en su caso, las Cortes Generales serían las competentes.

La norma andaluza, entre otros aspectos, contemplaba la expropiación del uso de la vivienda a los bancos, durante un máximo de tres años, en caso de desahucios de familias en riesgo de exclusión; y el fomento del alquiler de viviendas vacías a través de un sistema de penalización. La sentencia cuenta con los votos particulares de cuatro de los once magistrados, y entiende que la expropiación de dichas viviendas invade la competencia exclusiva del Estado en materia de “coordinación de la planificación general de la actividad económica”.

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