La AP de A Coruña condena...gunda vez.

Última revisión
01/03/2019

La AP de A Coruña condena a un divorciado a seguir pagando la pensión a su exmujer casada por segunda vez.

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: civil

Fecha: 01/03/2019

Divorcio
Divorcio

 

Un hombre divorciado deberá seguir pagando la pensión compensatoria a su exmujer, aunque ésta haya contraído nuevas nupcias.

Esta es la decisión que ha tomado la Audiencia Provincial de A Coruña en una reciente sentencia.

En diciembre de 2014, las partes decidieron poner fin a su relación de matrimonio, y fue dictada la sentencia de divorcio por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de A Coruña, por la que se fijó una pensión compensatoria a favor de la mujer.

Nueve meses después de esta sentencia de divorcio, las partes firmaron un documento privado, redactado por los hijos, en el que, el hombre se comprometía de manera ?voluntaria? a seguir pagando la pensión compensatoria a su exmujer, aunque ?la situación civil de la misma variase?.

En esas fechas la mujer tenía 70 años, y meses después contrajo matrimonio con una nueva pareja, situación que conllevaría a la pérdida de la pensión compensatoria, y así fue solicitado por el exmarido que interpuso una demanda.

Sin embargo, la mujer alegó la existencia de ese documento privado en el que el hombre se comprometía a seguir pagando esa pensión, independientemente de la situación civil de la mujer.

El juzgado entendió que el escrito redactado por los hijos adolecía de «una indefinición [...], pues no se sabe muy bien a qué se refiere con la expresión ?aún en el caso de que la situación civil de la misma variase?».

El juez tomó declaración a las partes en la que, el exmarido manifestó que pensaba que estaba firmando la vigencia de la pensión para el caso de una enfermedad, incapacidad, o ingreso hospitalario de la exmujer, y ésta alegó que creía que estaba firmando una compensación económica por los malos tratos sufridos durante el matrimonio.

Tras estas declaraciones, el juez resolvió la demanda interpuesta por el exmarido, y estimó extinguida la pensión compensatoria a favor de la exmujer.

Contra esta sentencia, la exmujer recurrió y la Audiencia Provincial de A Coruña le da la razón, y obliga al exmarido a seguir pagándole la pensión compensatoria.

Para al AP de A Coruña, no existe esa ?indefinición? del contrato, «que no es oscuro ni deja margen de duda [...] Encontrándonos en la era de la información sería suficiente buscar el término 'situación civil en cualquier buscador [...] Es absurdo que el señor C. haga creer que no conoce el significado y, sin embargo, convenientemente conozca que un nuevo matrimonio de su excónyuge es causa de resolución de la pensión».

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