La Audiencia Provincial d...r el perro

Última revisión
12/09/2022

La Audiencia Provincial de Lleida desestima la reclamación de indemnización al seguro por lesiones al pasear el perro

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: civil

Fecha: 12/09/2022

perro
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La Audiencia Provincial de Lleida en su sentencia n.º 244/2022, de 31 de marzo, ECLI:ES:APL:2022:287 resuelve un recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia en la que se desestimaba la reclamación de indemnización por las lesiones y perjuicios producidos al demandante al caerse mientras paseaba al perro de un amigo, a consecuencia de un tirón en la correa del perro, dirigida contra una aseguradora, en ejercicio de la acción directa del art. 76 de la Ley del Contrato de Seguro, con relación a las acciones de responsabilidad extracontractual de los arts. 1902 y 1905 del CC.

La AP de Lleida entiende que se está ante un supuesto en el que el demandante de forma voluntaria y gratuita, y por la relación de amistad que le unía al dueño del perro, lo sacó a dar un paseo, y durante el mismo el animal dio un tirón en la correa que sujetaba el demandante precipitándose al suelo y produciéndole así una serie de lesiones. Asimismo, se deja constancia de que el demandante conocía al perro con anterioridad, sus características y envergadura (Pastor Alemán de 40 Kg) por lo que, la reacción del perro al tirar de la correa de forma sorpresiva o brusca entra dentro del comportamiento normal que se puede esperar de un perro de esas características.

Por todo ello, concluye la audiencia que no cabe indemnización alguna ya que:

«El demandante era el poseedor de hecho del perro [...] cuando se produjo el siniestro, lo que significa que la responsabilidad por los daños o lesiones causados al demandante es imputable al propio demandante, ex art. 1905 CCivil; y tampoco sería atribuible al propietario del animal, Sr. Jose Ignacio, ninguna responsabilidad por culpa o negligencia del art. 1902 CCivil habida cuenta que el demandante conocía las características del animal de antemano y su caída al suelo se produjo en el contexto de un comportamiento ordinario y razonablemente esperable o previsible de un perro de las características del perro(dar un tirón de la correa de forma brusca y fuerte). Todo lo cual excluye la responsabilidad de la aseguradora conforme al contrato, que sí surgiría si los daños se hubieran producido a un tercero, a otra persona, pero no cuando los daños se han producido al propio poseedor del animal, resultando la cobertura del seguro de autos por responsabilidad civil por daños a terceros pero no por daños propios del asegurado (el propietario o los que cuidan gratuitamente de un perro)».

 

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