Última revisión
02/08/2022
El Consejo de Ministros aprueba medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte

El BOE de 2 de agosto de 2022 publica el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. Este texto, que entrará en vigor con carácter general el mismo día de su publicación, se aprueba en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
La norma se estructura en cinco títulos, en los que se adoptan medidas en diversos ámbitos:
- En materia de transporte terrestre, aéreo y marítimo.
- Medidas económicas en materia de becas y ayudas al estudio en enseñanzas postobligatorias y para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2022-2023.
- Medidas de fomento del ahorro y la eficiencia energética, así como de fomento de la electrificación y despliegue de energías renovables.
De todas ellas, en esta entrada nos centraremos en las adoptadas en el ámbito del transporte, donde, a fin de fomentar el transporte público y reducir el uso del vehículo privado para contribuir a disminuir la dependencia energética y la huella de carbono, se adoptan medidas dirigidas al transporte público, articulando la gratuidad de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia convencional para usuarios recurrentes entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre.
Además, se crea un título multiviaje específico para cada núcleo de Cercanías o Rodalies válido para viajes ilimitados entre cualquier origen y destino entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022. El título será gratuito para todos los usuarios que realicen 16 o más viajes en los cuatro meses de vigencia del bono. Los clientes deberán abonar una fianza de 10 euros para adquirir el nuevo abono recurrente de Cercanías o Rodalies, que se devolverá al finalizar el periodo de vigencia una vez se verifique la recurrencia por los medios de control previstos.
También se creará un título multiviaje especial con viajes ilimitados para los servicios de Media Distancia convencional con una validez de cuatro meses. Se venderá un abono por cada una de las rutas (origen-destino) y serán gratuitos para los usuarios que realicen 16 o más trayectos durante el periodo de vigencia. En este caso, habrá que abonar una fianza de 20 euros que de devolverá tras el 31 de diciembre también tras verificar la recurrencia por los medios de control previstos.
Detalles y billetes integrados
Renfe suspenderá la venta de todos los títulos multiviaje y abonos habituales durante los cuatro meses. Solo estarán disponibles para la venta los billetes de un solo viaje o de ida y vuelta con las tarifas habituales. Los nuevos abonos recurrentes se podrán adquirir a partir del 24 de agosto.
Asimismo, el Real Decreto-ley también recoge la posibilidad de que MITMA asuma el pago de la cantidad que los consorcios de transporte u otras entidades públicas que gestionen el transporte metropolitano abonan a Renfe por los viajes en Cercanías y Rodalies, siempre que los consorcios reduzcan el precio de los títulos multimodales en los que participen servicios de Cercanías y Rodalies de Renfe durante el mismo periodo.
Descuentos Avant del 50 %
Los servicios Avant OSP (obligación de servicio público) ofrecerán un descuento del 50 % para los usuarios recurrentes. Se aplicará una rebaja del 50 % a todos los títulos multiviaje Avant (Abono Tarjeta Plus, Tarjeta Plus 10 o Tarjeta Plus 10-45), que se vendan entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022, con condiciones de uso específicas adaptadas al período de bonificación establecido. Los abonos vendidos con anterioridad cuyos viajes se utilicen durante el periodo de vigencia de los descuentos, podrán solicitar la devolución del 50% de cada viaje realizado en ese periodo a través de los canales de postventa. Los descuentos de familia numerosa y otros organismos se aplicarán tras la rebaja del 50 %.
Rebaja del 50 % en trayectos no OSP
Se crean también descuentos del 50 % para usuarios recurrentes en determinados servicios de alta velocidad no declarados obligación de servicio público, en los que el tiempo de viaje sea menor a 100 minutos y en los que no existan acuerdos marco de reserva de capacidad en vigor; esto es, aquellos corredores en los que está previsto que entren nuevas empresas a operar en el corto plazo o en los que ya están operando más de una compañía ferroviaria. Se trata de una medida que afecta principalmente a rutas internas de Castilla y León, a las conexiones con Madrid desde Palencia, Zamora y Burgos, al León-Valladolid, al Ourense-Zamora y al Huesca-Zaragoza.
Abonos de transporte público local y autonómico
Además de las medidas específicas asociadas a los servicios ferroviarios competencia de la Administración General del Estado, hay que destacar las medidas adelantadas en otras normativas para fomentar el uso del transporte público colectivo y su uso por parte de viajeros recurrentes, para aquellos servicios urbanos e interurbanos competencia de las entidades locales y las comunidades autónomas. Así, el 15 de julio el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana publicó en la sede electrónica la orden ministerial que recoge el detalle de la financiación para reducir un 30 % el precio del transporte público colectivo de competencia autonómica o local. Asimismo, las concesiones de las líneas de autobús estatales deben aplicar descuentos del 50 % en los títulos multiviajes de más de dos trayectos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre.
Ayudas al sector del transporte
La norma avanza en la sostenibilidad económica del transporte de mercancías por carretera, asegurando una rentabilidad mínima del trabajo y una utilización justa de la subcontratación; y, entre otros objetivos, se dirige a implantar las medidas acordadas con el sector para mejorar las relaciones en la cadena de transporte.
Se habilita una nueva convocatoria de ayudas directas al sector del transporte terrestre dotada con 450 millones de euros, replicando las ya establecidas el pasado mes de marzo por el RD-ley 6/2022, incluyendo en esta ocasión a los autobuses urbanos. Además, también se recogen medidas de apoyo económico al transporte terrestre y fomento del transporte público y otras de índole técnico y de seguridad en el ámbito marítimo y aéreo, que garanticen una mejor calidad de servicio a los usuarios del transporte, y permitan mejorar la seguridad de tripulaciones y pasajeros.
Por otra parte, el texto incluye disposiciones para que el precio del transporte cubra los costes individuales incurridos por el transportista efectivo, en aquellos supuestos en los que se producen los mayores desequilibrios en la negociación. También recoge obligaciones para que se refleje por escrito el precio del transporte y los gastos conexos, es decir, los costes individuales efectivos asumidos por el transportista. Para fijar dichos gastos, será válida la estructura de partidas de costes recogidas en el observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se incluye un nuevo régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de las anteriores obligaciones.
Además, se establece que el Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación del transporte terrestre de mercancías a acordar entre MITMA y el sector establecido en el Real Decreto-Ley 3/2022 recoja también compromisos para el establecimiento de niveles máximos de subcontratación, así como el establecimiento de compromisos aplicables a la contratación de transporte a través de intermediarios que presten servicios a través de la sociedad de la información.
Transporte aéreo y marítimo
El ámbito del transporte aéreo, y dada la evolución de la evolución de la emergencia sanitaria provocada por la Covid-19, esta norma elimina la obligatoriedad de la aplicación de las directrices de operación vinculadas con la pandemia en los aeropuertos y se establece que sean recomendaciones (uso mascarillas, toma de temperatura, distancia en las colas para los controles). Asimismo, se establece la posibilidad de que Aena SME S.A. pueda realizar una revisión de extraordinaria precios en sus contratos de obra, a fin de evitar retrasos en las inversiones y también se prevé la participación de Aena SME S.A. en la instalación de puestos de control fronterizos automatizados y la contratación de servicio de apoyo.
En el ámbito del transporte marítimo, se abordan dos cuestiones que guardan relación con la invasión rusa de Ucrania:
- Con carácter coyuntural, se exceptúan para los marinos ucranianos las limitaciones en materia de nacionalidad de las dotaciones, dándoseles el mismo tratamiento que a los nacionales españoles o de otro país del EEE.
- Además, se permite que las empresas navieras españolas puedan contratar servicios de seguridad privada que aseguren su protección cuando naveguen por aguas con riesgo de cometerse actos de piratería y puedan prevenirlos por efecto de la disuasión o la repulsión.
Fuente: La Moncloa.
