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Aprobado el anteproyecto de ley que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de la circulación de vehículos a motor
El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de la circulación de vehículos a motor y transpone la Directiva 2021/2118, de 24 de noviembre de 2021.
El Consejo de Ministros celebrado el día 7 de marzo de 2023 ha aprobado el anteproyecto de ley por el que se modifica el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM).
El objeto de esta modificación es la transposición de la Directiva (UE) 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021 por la que se modifica la Directiva 2009/103/CE relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad. Así, además de recoger lo previsto en dicha Directiva, incorpora mejoras en el sistema de valoración de daños personales causados por accidentes de tráfico que incrementarán y reforzarán la protección de las víctimas.
Aspectos más relevantes
Entre los puntos más destacados de esta reforma cabe señalar:
- Se amplía y clarifica los vehículos que deben disponer de seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Se amplía el concepto de «hecho de circulación» incluyendo la protección de las víctimas independientemente del terreno en el que se esté utilizando el automóvil y de si está parado o en movimiento.
- El Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de las indemnizaciones en caso de concurso o liquidación de la aseguradora, nacional o extranjera.
- Se encomienda a una comisión de expertos la realización de un estudio que valore la conveniencia y características de un seguro obligatorio para cubrir los daños a terceros causados por los nuevos vehículos de movilidad personal.
- Se modifica la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras con el objeto de mejorar las facultades de control de la idoneidad de los que dirigen la aseguradora. Prevé la posibilidad de planes preventivos de recuperación de entidades.
Además de los aspectos anteriores, también merece destacar las mejoras en el sistema de valoración de las indemnizaciones, tanto en el procedimiento como en la cuantía que se traducen en lo siguiente:
- Se trata de agilizar el procedimiento de pago, tratando de conseguir un acuerdo rápido y justo para las víctimas, evitando en lo posible la víajudicial.
- Se mejoran sustancialmente las indemnizaciones, con actualizaciones automáticas con el IPC.
Fuente: Consejo de Ministros