Aprobado el Modelo 233 "D...torizados"

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27/12/2018

Aprobado el Modelo 233 "Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados"

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Materias: fiscal

Fecha: 27/12/2018

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Como habíamos adelantado en nuestra noticia de 02/10/2018 (N-29169), tras los cambios normativos efectuados por la LPGE 2018 enlos que se incrementaba la deducción por maternidad modificando la redacción del artículo 81 de la LIRPF, resulta obligatoria la presentación de una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción. 

  • OBLIGADOS A PRESENTAR EL MODELO 233

Estarán obligados a presentar el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», las guarderías o centros de educación infantil autorizados a que se refiere el artículo 81.2 de la LIRPF

  • ¿QU?‰ SE DECLARA?

Deberá ser objeto de declaración en el modelo 233, la siguiente información: 

  1. Identificación y autorización del centro expedida por la administración educativa competente.

  2. Nombre y apellidos del menor y, en su caso, NIF del menor. 

  3. Nombre, apellidos y NIF de los progenitores, tutor o persona que tiene al menor en acogimiento. 

  4. Meses en los que el menor haya estado inscrito en dicha guardería o centro educativo por mes completo. 

  5. Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil autorizado en relación con el menor. 

  6. Importes subvencionados correspondientes a los gastos referidos en la letra anterior. 
  • PLAZO

La presentación de esta declaración informativa se realizará en el mes de enero de cada año en relación con los menores de tres años inscritos en la guardería o centro de educación infantil autorizado en el año inmediatamente anterior, así como en relación con el menor que cumpla tres años en el ejercicio, en cuyo caso la información se ampliará a los meses posteriores al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil. 

? El modelo 233 será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2018. 

La declaración informativa se presentará de forma electrónica por internet, mediante certificado electrónico o, en caso de obligados tributarios personas físicas, alternativamente mediante el sistema Cl@ve, sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal, regulado en la Orden PRE/1838/2014, que permite al ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos mediante la utilización de claves concertadas, previo registro como usuario de la misma. Por este motivo se modifica la "Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria". 

Excepcionalmente, para el ejercicio 2018, el plazo de presentación de la declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

  • Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, "Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados" y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

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