Última revisión
01/04/2025
Aprobados los nuevos tipos de documentos notariales electrónicos timbrados y actualizados los órganos para recaudar AJD

En el BOE del 31/03/2025 se publicaba la Orden HAC/305/2025, de 27 de marzo, por la que se aprueban los documentos notariales electrónicos timbrados y por la que se modifica la Orden de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, esto es, el 1 de abril de 2024.
La norma incorpora a la Orden de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan Instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los dos nuevos tipos de documentos notariales electrónicos creados por la Ley 11/2023, de 8 de mayo: el folio de matriz electrónica y el folio de copia autorizada electrónica con destino a tercero. Esos dos nuevos documentos, de conformidad con la LITPyAJD, están sujetos al impuesto en su modalidad de actos jurídicos documentados, documentos notariales, y, por lo tanto, a la llamada cuota fija de esta modalidad impositiva.
Por otra parte, en la distribución y recaudación del impuesto devengado por la utilización de dichos nuevos documentos, surge un nuevo sujeto con la capacidad necesaria para centralizar la información y aportar el grado de detalle necesario para la correcta imputación y liquidación, en su caso, a los distintos entes públicos titulares de su rendimiento. Ese nuevo sujeto sería el Consejo General del Notariado, que ha de asumir las funciones en el procedimiento de ingreso en el Tesoro público del rendimiento del impuesto y de suministro de información necesaria para su correcta imputación en los supuestos de uso de documentos electrónicos. Tal sujeto ha de ser contemplado por la norma, definiendo sus obligaciones de manera análoga al procedimiento y obligaciones establecidas en el caso de documentos físicos, correspondiendo en ambos casos al Comisionado para el Mercado de Tabacos las competencias relativas al control público de dicha distribución.
Así las cosas, la orden ahora publicada procede a la aprobación de los nuevos tipos de documentos notariales electrónicos timbrados, con sus especificaciones técnicas, y a la actualización de los órganos que intervienen en el procedimiento de recaudación e ingreso del impuesto devengado por su utilización.
