Última revisión
14/11/2014
Plantea que los pagos se realicen en diferido y que las sociedades aporten el mismo mediante una cantidad mensual, de los cuáles una parte se relacionaría con la antigüedad y otra de una cuenta de ahorro individual, que se fundamentaría en aportaciones de tipo periódico, según ha explicado Rafael Doménech, economista jefe de Economías Desarrolladas de BBVA Research.

Así, se basaría en un fondo de capitalización o “mochila indemnizatoria”, por lo que, en consecuencia, se traduciría en un incremento del número de contratos indefinidos, una mejora en términos productivos, salarios, consumo privado o inversiones.
Además, toma como modelo la normativa aplicada en Austria, y será aportada mediante importes periódicos con equivalencia a ocho días de salario por año trabajado, que en la actualidad, forma el 2,19% del salario bruto anual. De esta forma, el trabajador contaría con un salario base y uno en diferido, que formaría esta “mochila”, cuya gestión procedería a cargo de la Seguridad Social, en defensa del control público.
En este sentido, Domenech ha hecho hincapié en que “este es el mejor momento” para el desarrollo de la iniciativa, que contaría con una aplicación inmediata, ya que, según ha explicado "la empresa no pierde y el trabajador sale beneficiado ya que se reduce la incertidumbre.
BBVA Reseach ha hecho referencia a los efectos que supondría la medida, señalando que la misma no implicará el abaratamiento de los despidos, además de recalcar que reduce “la incertidumbre sobre un coste implícito que tiene la indemnización por despido".
El informe trata también que, al ser limitada la remuneración por el Salario Mínimo Interprofesional, las aportaciones de la cuenta de ahorro procederían de la administración pública, estableciendo ello bonificaciones de 2,19 puntos a las cuotas de cotización patronal de la Seguridad Social. En lo referente a los contratos temporales, además del importe de ocho días anuales trabajados se mantendrían las indemnizaciones por término de contrato (12 días de salario anuales).
En los despidos procedentes, en el caso de que el asalariado recupera el fondo, contaría con ocho días salariales anuales de permanecer en la empresa un año, 12 días por dos años, 16 por tres y 20 por cuatro o más años. En los despidos improcedentes, el importe constaría de 4 días de salario por año trabajado el primer día, que se incrementaría en tres días por cada año de antigüedad en la empresa hasta un límite de 25.
BBVA aporta también el establecimiento de tres tipos de contratos: indefinidos, temporales-causales y formación y aprendizaje, este último con el fin de facilitar el paso a los contratos indefinidos.
