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Última revisión
06/03/2014

La Defensora del Pueblo ha interpuesto un recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley sobre las atribuciones de los plenos municipales.

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Fecha: 06/03/2014

Becerril recurre al TC la norma que permite a los alcaldes atribuirse competencias económicas del Pleno

 

 

Soledad Becerril, la Defensora del Pueblo, ha decidido interponer recurso de inconstitucionalidad contra dos apartados de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre de 2013, sobre las atribuciones de los plenos municipales.

Se trata del Real Decreto-ley de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la UE en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras. Según ha explicado la institución en una nota, se cuestiona la constitucionalidad de los apartados que atribuyen al Ejecutivo municipal competencias que son del Pleno de la Corporación y que permiten adoptar medidas económicas aunque anteriormente hayan sido rechazadas por el Pleno.

Becerril considera que la disposición adicional tercera restringe el "reducto indisponible o núcleo esencial de la institución local" (en palabras del propio Tribunal Constitucional), que configura el régimen de autonomía municipal.

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