Última revisión
17/12/2020
Brexit: desde el 1 de enero de 2021 los viajeros residentes en Reino Unido tendrán derecho a la devolución del IVA

Desde el 1 de enero de 2021, los residentes en el Reino Unido dejarán ser ciudadanos residentes en la Unión Europea debido a la salida del país de la Unión Europea por el denominado "Brexit".
Por ello, la Agencia Tributaria informa de que, a partir de dicha fecha, "los viajeros británicos tendrán derecho al reembolso de IVA en el régimen de viajeros, salvo los residentes en Irlanda del Norte, donde continúa aplicándose la normativa de la Unión Europea en materia de IVA".
Según la nota informativa de la AEAT:
"DOS.
Los requisitos exigidos por la normativa del impuesto para poder gozar de este beneficio fiscal deben cumplirse en el momento del devengo del mismo (momento de la puesta a disposición de los bienes a dichos viajeros).
Esto supone que las compras realizadas por residentes británicos antes del final del periodo transitorio previsto en el Acuerdo de Retirada no originan derecho de reembolso del impuesto por incumplir el requisito de residencia habitual fuera de la Unión Europea en el momento del devengo.
Por lo tanto, sólo son susceptibles de devolución de IVA las compras realizadas por residentes británicos desde 1 de enero de 2021.
TRES.
Los residentes en Irlanda del Norte no tienen derecho a la devolución de IVA de viajeros tal y como se desprende del artículo 8 del Protocolo de Irlanda del Norte.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 58/2003, General Tributaria: “En los procedimientos de aplicación de los tributos, quien haga valer su derecho deberá
probar los hechos constitutivos del mismo”.
Por consiguiente, es el viajero británico quien debe probar por cualquier medio de prueba válido en derecho, que efectivamente es residente en alguno de los territorios del Reino Unido que atribuyen derecho de reembolso (y no en Irlanda del Norte).
CUATRO.
En breve se actualizarán las especificaciones técnicas del sistema DIVA para incluir en el documento electrónico de reembolso, como campo obligatorio, el código postal de la residencia habitual de los viajeros británicos".
FUENTE: Nota Informativa AEAT
