Última revisión
Calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2018.
De acuerdo con el artículo 30.7 de la
artículo 30.8 de la
El calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2018 publicado por la L-25551841, establece los días inhábiles, correspondiente al año 2018, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Son días inhábiles:
- a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución (se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, más abajo).
- b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
- c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles (se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, más abajo).
2018-Calendario de días inhábiles
Enero
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Febrero
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la
Marzo:
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en la CC.AA. de Illes Balears.
Día 19: Inhábil en las CC.AA. de: Valencia y Murcia.
Día 29: Inhábil en las CC.AA.de: Andalucía, Aragón Asturias, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.
Día 30: Inhábil en todo el territorio nacional.
Abril
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en las CC.AA. de: Illes Balears, Cataluña, Valencia, Navarra y País Vasco.
Día 23: Inhábil en las CC.AA. de: Aragón y Castilla y León.
Mayo
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la CC.AA. de Madrid.
Día 17: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 30: Inhábil en la CC.AA. de Canarias.
Día 31: Inhábil en la CC.AA. de Castilla-La Mancha.
Junio
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en las CC.AA. de: Murcia y La Rioja.
Julio
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 28: Inhábil en la CC.AA. de Cantabria.
Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 22: Inhábil en las CC.AA. de: Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.
Septiembre
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 8: Inhábil en las CC.AA. de: Asturias y Extremadura.
Día 11: Inhábil en la CC.AA. de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la CC.AA. de Cantabria.
Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la CC.AA. de Valencia.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.
Noviembre
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Diciembre
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en la CC.AA. de Cataluña.
Comunidad Autónoma de Canarias
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el
Comunidad Autónoma de Cataluña
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la
Comunidad Autónoma de Illes Balears
En la Comunidad Autónoma de Illes Balears, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de julio de 2017, por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2018 en el ámbito de les Illes Balears («BOIB» de 8-07-2017) dispone que: «De las trece fiestas indicadas? el día 6 de enero, Epifanía del Señor, será de carácter recuperable».
Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana, en el Decreto del Consell por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2018 «se propone como fiesta recuperable el 6 de enero (Epifanía del Señor).
Comunidad de Murcia
En la Comunidad de Murcia, en el Acuerdo alcanzado por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, se señala con carácter retribuido y recuperable «El sábado día 6 de enero, Epifanía del Señor en ejercicio de la opción establecida en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores».
Comunidad Autónoma de Galicia
En la Comunidad Autónoma de Galicia, el
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