Última revisión
21/06/2016
Publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de junio de 2016, el Programa Personal de Integración y Empleo dirigido a trabajadores desempleados para la mejora de su empleabilidad e inserción laboral.

El Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), promueve medidas para incrementar la autonomía del desempleado y sus competencias para la búsqueda de empleo, mediante actuaciones de carácter personal y directo sobre el trabajador que fomenten su inserción laboral y mejoren su empleabilidad, al tiempo que se establece una actuación de carácter económico; así como una línea específica para mayores o iguales a 55 años y la extensión de este programa al colectivo de trabajadores autónomos, que estando en desempleo por cierre justificado y habiendo agotado la prestación propia de ese régimen de la Seguridad Social, reúnan los requisitos establecidos en el art. 3 de la ORDEN EMP/558/2016, de 15 de junio, por la que se establecen sus bases reguladoras.
A través del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, se pretende que los beneficiarios recibían una ayuda económica de 426 euros por mes, o la parte proporcional por periodos inferiores, durante un máximo de seis meses
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda, siempre cumplan los requisitos que se establecen en la presente orden, los siguientes colectivos:
- Los trabajadores desempleados que hayan agotado las ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo y con una inscripción ininterrumpida de 12 meses como demandante de empleo.
- Aquellos trabajadores desempleados que hayan cesado en su actividad económica como autónomos y hayan agotado la prestación propia de ese régimen de la Seguridad Social (cese de actividad de los trabajadores autónomos) y con una inscripción ininterrumpida de 12 meses como demandante de empleo.
- Los trabajadores desempleados que tengan 55 años o más con una inscripción ininterrumpida de 24 meses como demandante de empleo y hubiesen agotado la prestación o subsidio por desempleo desde el 1 de enero de 2014.
