Última revisión
15/12/2025
Cataluña crea su Comité de Valoración de Víctimas del Amianto

El Diario Oficial de Cataluña del 10 de diciembre de 2025 publica la Orden SLT/206/2025, de 4 de diciembre, mediante la que se crea el Comité de Valoración de Víctimas del Amianto, órgano clave en el desarrollo de las compensaciones económicas previstas tanto en la Ley 21/2022, de creación del Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, como en el Real Decreto 483/2025, de 17 de junio. Esta medida supone un paso decisivo en el reconocimiento y la reparación de los daños sufridos por personas afectadas por la exposición al amianto en Cataluña.
Un fondo estatal y nuevas garantías
La Ley 21/2022, aprobada el 19 de octubre, instituyó el Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto, un instrumento dirigido a ofrecer reparación íntegra a quienes hayan padecido daños en su salud, derivados de la exposición al amianto, ya sea en el entorno laboral, doméstico o ambiental. Esta legislación estableció no solo el derecho a recibir compensación económica, sino también los criterios para considerar beneficiarias a aquellas personas que padecen patologías reconocidas como consecuencia del amianto, así como a sus causahabientes.
El Real Decreto 483/2025, publicado posteriormente, desarrolló el procedimiento para solicitar y obtener estas compensaciones, definiendo los requisitos, la documentación a presentar y el proceso de evaluación de las solicitudes. Entre sus novedades, señala que la valoración de la enfermedad y la determinación del nexo causal con el amianto se han de realizar por equipos de valoración específicamente designados por las comunidades autónomas, con criterios homogéneos en todo el territorio nacional.
El Comité de Valoración: composición y funciones
En aplicación de la normativa estatal, la Generalitat de Cataluña ha procedido ahora a la creación y regulación del Comité de Valoración de las Víctimas del Amianto, integrado en el Departamento de Salud a través de la Secretaría de Salud Pública. Este órgano de naturaleza colegiada ejercerá en Cataluña las funciones de verificación de patologías, evaluación de la documentación presentada y emisión de los dictámenes necesarios para la obtención del certificado de patologías derivadas de la exposición al amianto.
El Comité se compone de hasta dos especialistas en Medicina del Trabajo, hasta dos técnicos en salud pública o higienistas industriales expertos en salud ambiental, y un especialista en Neumología. Sus miembros, designados por la autoridad sanitaria, ocuparán el cargo durante un periodo de tres años renovables. El órgano observará el principio de paridad de género en su composición, conforme a la Ley 17/2015 de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Asimismo, la secretaría del Comité será ejercida por un técnico de la Secretaría de Salud Pública, sin que la participación en el órgano suponga la creación de puestos de trabajo adicionales en la administración.
Procedimiento y plazos
Para obtener el certificado de patologías, requisito indispensable para tramitar la solicitud de compensación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, las personas afectadas deberán presentar una serie de documentos, incluyendo identificación personal, acreditaciones médicas y de exposición al amianto, así como el consentimiento informado para el acceso a la historia clínica. El trámite se realizará preferentemente de forma telemática mediante la sede electrónica de la Generalitat, aunque también se contempla la vía presencial.
Una vez recibida la solicitud, el plazo máximo para la emisión del certificado será de tres meses. Transcurrido este período sin resolución expresa, la petición se entenderá desestimada. Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Departamento de Salud.
En los dictámenes que elabore, el Comité deberá prestar atención a la perspectiva de género para asegurar la objetividad y evitar sesgos, valorando adecuadamente las posibles diferencias en la manifestación y el impacto de las enfermedades entre mujeres y hombres. La presidencia del órgano podrá requerir la participación de expertos externos, con voz pero sin voto, en casos especialmente complejos.
De forma anual, el Comité estará obligado a realizar una memoria de actividad que será remitida a la autoridad sanitaria competente.
Articulación con el sistema estatal y futuro traspaso de responsabilidades
La creación del Comité responde al mandato del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que el pasado 12 de noviembre de 2025 aprobó el procedimiento común para la expedición de los certificados de patologías derivadas del amianto en todas las comunidades autónomas, garantizando una actuación coordinada y homogénea en todo el Estado.
La normativa prevé asimismo que, una vez la Agencia de Salud Pública de Cataluña adquiera personalidad jurídica, será esta la encargada de proporcionar el apoyo administrativo y técnico al Comité, y de emitir los certificados pertinentes.
Principios de buena regulación y transparencia
La Orden SLT/206/2025 subraya su adecuación a los principios de buena regulación, transparencia y eficiencia administrativa, conforme a la Ley 19/2014, de transparencia y acceso a la información pública de Cataluña, así como a la Ley 39/2015, que regula el procedimiento administrativo común en el ámbito estatal. El texto resalta que la creación del Comité no supondrá nuevas cargas administrativas para la ciudadanía y contribuye a un funcionamiento eficiente y ajustado al marco legal.
Entrada en vigor
La nueva regulación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña. Las solicitudes en curso, presentadas antes de la entrada en vigor de esta Orden, podrán tramitarse sin necesidad de ajustarse al nuevo formulario obligatorio.
Prevención de riesgos laborales en trabajos con riesgo de exposición al amianto.
