Cataluña: Mañana entra en... Jurídicas

Última revisión
12/05/2017

Cataluña: Mañana entra en vigor el nuevo Impuesto sobre los Activos No Productivos de las Personas Jurídicas

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Materias: fiscal

Fecha: 12/05/2017

Cataluña: Mañana entra en vigor el nuevo Impuesto sobre los Activos No Productivos de las Personas Jurídicas
Cataluña: Mañana entra en vigor el nuevo Impuesto sobre los Activos No Productivos de las Personas Jurídicas

La L-25156925, con entrada en vigor el 13/05/2017, crea este nuevo Impuesto con los siguientes objetivos principales:

  • Gravar progresivamente los activos no productivos que están en manos de personas jurídicas, permitiendo así alcanzar un ?cierto nivel redistributivo al someter a una mayor presión fiscal a las personas jurídicas que tienen un mayor volumen de activos improductivos?.

  • Reducir la evasión y elusión fiscal consistentes en trasladar patrimonio personal a estructuras societarias para ocultar verdaderas titularidades y, por ende, capacidades económicas.

***

El objeto del impuesto, exigible en todo el territorio de Cataluña, es gravar los bienes no productivos (según el L-25156925-4) y determinados derechos que recaen sobre dichos bienes que forman parte del activo del sujeto pasivo.

?

Sujetos pasivos

Los obligados al pago de este impuesto son las:

  • Personas jurídicas.

  • Entidades que, sin tener personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición, definidas como obligados tributarios por la normativa tributaria general.

? En todos los casos el sujeto pasivo debe tener objeto mercantil.

?

El hecho imponible que se somete a tributación es la tenencia (a 1 de enero de cada año 1) de los siguientes activos cuando éstos son considerados No Productivos:

  • Bienes inmuebles. (? valor catastral)

  • Vehículos a motor con una potencia igual o superior a 200 caballos (? tablas de valoración de vehículos usados)

  • Embarcaciones de ocio (? tablas de valoración de vehículos usados)

  • Aeronaves (? tablas de valoración de vehículos usados)

  • Objetos de arte y antigüedades con un valor superior al establecido por la Ley del patrimonio histórico  (? valor de mercado)

  • Joyas (? valor de mercado)


No obstante, están exentos de este nuevo tributo:

  • Las administraciones públicas y los organismos y entidades de derecho público.

  • Las representaciones diplomáticas, las oficinas consulares y los organismos internacionales con sede en Cataluña.

  • Los bienes inmuebles de las fundaciones, de las organizaciones no gubernamentales y, en general, de las entidades sin ánimo de lucro, siempre que se destinen, de forma exclusiva, a sus finalidades propias no lucrativas.

?

Tipo de gravamen

El tipo de gravamen se obtiene por aplicación de una escala progresiva, estructurada en 8 tramos, con tipos que oscilan entre el 0,21% y el 2,75%.

***

1 En el ejercicio 2017 el impuesto sobre los activos no productivos se devenga el 30 de junio.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

El proceso en tiempos de cambio
Disponible

El proceso en tiempos de cambio

V.V.A.A

21.25€

20.19€

+ Información

Manual de Derecho societario
Disponible

Manual de Derecho societario

Miguel Ángel Tenas Alós

17.00€

16.15€

+ Información

Las penas previstas para las personas jurídicas en el Código Penal español
Disponible

Las penas previstas para las personas jurídicas en el Código Penal español

David Florin Tugui

21.25€

20.19€

+ Información

Regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
Disponible

Regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información