Última revisión
29/11/2024
Cataluña prorroga la tarifa transitoria del IP de los dos últimos años mientras se mantenga en vigor el ITSGF

Se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña el Decreto ley 10/2024, de 26 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre el patrimonio.
Con la creación del Impuesto Temporal de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas (ITSGF), Cataluña aprobó una nueva tarifa para el Impuesto sobre el Patrimonio por medio del Decreto ley 16/2022, de 20 de diciembre, que se recoge en la disposición transitoria primera del libro sexto del Código tributario de Cataluña. Se incorporó un último tramo de base liquidable para patrimonios de más de 20 millones de euros, con un tipo marginal del 3,48 %; con el objetivo de que la cuota tributaria devengada por los contribuyentes residentes en esa comunidad por el nuevo impuesto estatal permaneciera en Cataluña.
En principio, esa tarifa tenía una vigencia limitada a los ejercicios 2022 y 2023. Sin embargo, la nueva norma, que entra en vigor el 29/11/2024, la prorroga para que resulte de aplicación mientras se mantenga vigente el ITSGF.
Dicha tarifa, en concreto, es la siguiente:
| Base liquidable hasta (euros) | Cuota (euros) | Resto de base liquidable hasta (euros) | Tipo aplicable (porcentaje) |
| 0,00 | 0,00 | 167.129,45 | 0,210 |
| 167.129,45 | 350,97 | 167.123,43 | 0,315 |
| 334.252,88 | 877,41 | 334.246,87 | 0,525 |
| 668.499,75 | 2.632,21 | 668.500,00 | 0,945 |
| 1.336.999,75 | 8.949,54 | 1.336.999,26 | 1,365 |
| 2.673.999,01 | 27.199,58 | 2.673.999,02 | 1,785 |
| 5.347.998,03 | 74.930,46 | 5.347.998,03 | 2,205 |
| 10.695.996,06 | 192.853,82 | 9.304.003,94 | 2,750 |
| 20.000.000,00 | 448.713,93 | en adelante | 3,480 |
