El cese de interinos con ...emnización

Última revisión
19/07/2018

El cese de interinos con contratación «inusualmente larga» implica 20 días de indemnización

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Materias: laboral

Fecha: 19/07/2018

TSJ Castilla y León

Partiendo del análisis de las STJUE de 5 de junio (C-574/16) y (C-677/16) -tratadas en nuestra noticia del mismo día «N-28896» -, la reciente STSJ Castilla y León 11/06/2018 (R. 833/2018) ha reconocido una indemnización de 20 días por año con límite de doce mensualidades, que establece el apdo. 1b) art. 53, ET, en relación a los apdos. c) y e) del art. 52, ET para los supuestos de extinciones contractuales por causas objetivas, a una trabajadora contratada mediante contrato de interinidad por vacante en 2010 cuyo contrato es extinguido por la Junta de Castilla y León por finalización en 2017, con ocasión de la cobertura del puesto de trabajo que ocupaba.

El TSJ en su sentencia, de la que ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada, analiza para llegar a su fallo de manera extensa y detallada cuatro aspectos relevantes:

I.- criterios para la comparación entre trabajadores fijos y temporales en lo relativo a las indemnizaciones por despido objetivo.

II.- expectativas legítimas del trabajador y filosofía de la contratación temporal que permite una diferencia de trato indemnizatorio con la contratación fija.

III.- Imprevisibilidad de la finalización del contrato y de duración, inusualmente larga, que supone una recalificarción de la relación laboral como contrato fijo.

IV.- Indemnización de 20 días por año con límite de doce mensualidades, que establece el apdo. 1b) art. 53, ET

Puede consultar el análisis de la STSJ Castilla y León 11/06/2018 (R. 833/2018) en revista-iberley: Primeras reacciones en los TSJ tras la corrección de la doctrina «de Diego Porras» por el TJUE: a los interinos de larga duración se les reconocen 20 días de indemnización.

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