Última revisión
16/07/2014
El anteproyecto de ley establece un techo para las cuotas colegiales de 240 euros.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha manifestado que el método de cálculo empleado por el Ministerio de Economía y Competitividad en el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales para estimar unas cuotas limitadas a 240 euros es “arbitrario y erróneo” y “su aplicación tendrá un impacto negativo en el empleo entre 4.000 y 10.000 despidos”.
Estas son las principales conclusiones del informe ‘Valoración de los cálculos sobre cuota de colegiación introducidos en el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales’ elaborado por Roland Berger Strategy Consultants para la Abogacía.
La reseña del CGAE pone en valor las cuotas de colegiación como importante fuente de financiación en las corporaciones colegiales que se utilizan para cubrir gastos del personal (sueldos y salarios del personal contratado) y otros gastos de explotación de actividad (compra de material de oficina, publicaciones, seminarios, conferencias…) que “revierten en el empleo indirecto”.
En España hay aproximadamente 6.000 empleados directos que prestan sus servicios a los 1,3 millones de profesionales colegiados que podrían verse afectados por el anteproyecto de ley de Servicios y Colegios Profesionales. Recopilando datos de distintas profesiones, la consultora considera que, en general, una gran mayoría de corporaciones colegiales tienen un ratio de 221 colegiados por cada empleado.
Roland Berger realiza su estudio en base a nueve escenarios que suponen una reducción de empleos, incluyendo también a los indirectos, que oscila entre 4.000 y 10.000 despidos “dejando muy claro que la imposición límite, claramente arbitraria, de los 240 euros puede suponer un grave perjuicio para la economía española”.
Aparte de la reducción de ingresos que sufrirán las corporaciones colegiales, estas instituciones tendrán que indemnizar a los despedidos en función de su antigüedad en el empleo, con un impacto adicional para los Colegios Profesionales que oscila en el rango entre 11 y 50 millones de euros en el primer año de ajuste.
Cálculo de la cuota colegial
La memoria económica del anteproyecto justifica el cálculo de 240 euros en base al número de declaraciones del IRPF del periodo 2007 a 2010 dividiendo la cantidad deducida por cuotas satisfechas a Colegios Profesionales en rendimiento del trabajo (137,5 millones de euros) entre el número total de declarantes acogidos a esta deducción (550.000 personas).
Sin embargo, según recoge el informe, estos datos del Ministerio de Economía son “erróneos y arbitrarios” porque gran parte de los 1,7 millones de profesionales colegiados no trabajan por cuenta ajena, por lo que no declaran como rendimientos del trabajo sino como rendimientos de actividades económicas. La memoria económica tampoco contempla las deducciones de los declarantes que trabajan por cuenta propia. Además, según la consultora, las deducciones estimadas sobre las cuotas satisfechas son un dato engañoso, ya que están limitadas hasta 500 euros, mientras que las cuotas de muchos profesionales en España superan con mucho estos límites.
La consultora considera que de no haber ese límite de 500 euros en las cuotas deducibles, la media calculada hubiese sido muy superior a los 240 euros y “no parece razonable que una decisión previa y errónea del legislador sea la que determine el importe máximo de las cuotas de colegiación”.
