El Consejo General del Po...blicadas.

Última revisión
15/10/2014

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto que las listas públicas de morosos sean suprimidas, puesto que ello no implica la defraudación por parte de los mismos. Medida que se enmarca en el informe publicado acerca de la reforma parcial de la Ley General Tributaria, la cuál implica que dichas listas sean publicadas.

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Fecha: 15/10/2014

CGPJ propone la supresión de las listas de morosos al no implicar defraudación

 

Asimismo subraya que, mediante la publicación de estos datos, se establece una categorización de los implicados “excesivamente abierta”, puesto que la ley hace pública una enumeración de “deudores a la Hacienda pública por deudas o sanciones tributarias”, lo que no se traduce de forma necesaria en “conductas defraudatorias”, como señala el informe. 

Por ello recalca que, al hacer pública la lista de morosos, no se respetan los principios de proporcionalidad que, como fin último, deben ser inherentes a la norma. Además, alega que la mencionada lista podría carecer de compatibilidad con la normativa acerca de la protección de datos, la jurisprudencia del TC y del TJUE en este sentido, al no perseguir una eficacia en términos de administración o transparencia. Así, se establece una “sanción a los contribuyentes que habiendo reconocido su deuda con la administración tributaria no pueden afrontarla en periodo voluntario” 

A través del informe publicado por el CGPJ, se considera que los “supuestos especiales” deberían haber sido apartados de las enumeraciones de morosos, al igual que los casos referentes a las tributaciones concursales. 

Por último, señala la existencia de un agravio en cuestión de comparación, apreciando un tratamiento diferente entre las administraciones de carácter público morosas, eximidas de la medida, y posibilitando la “insolvencia y ruina” a los contribuyentes morosos, los cuáles se verán afectados por un “perjuicio difícil o de imposible reparación”

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