Última revisión
20/01/2025
Circular sobre comisiones y otros gastos imputables a los planes de pensiones

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el pasado 20 de enero de 2025 la Circular 2/2024, del 18 de diciembre, emitida por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Esta normativa tiene como objetivo principal la estandarización de la información referente a las comisiones y otros gastos que los partícipes pueden asumir al adherirse a un plan de pensiones, contribuyendo así a un entorno más transparente y comparativo dentro del sector.
La DGSFP ha tomado esta decisión tras identificar que la diferencia en las comisiones y gastos cobrados por varias entidades gestoras puede dificultar a los partícipes la hora de comparar los costos reales asociados a su inversión. Además, subrayan que el impacto en los derechos consolidados puede variar significativamente, dependiendo de las políticas de gestión y la estrategia de inversión de cada entidad.
Con esta circular, la autoridad busca homogeneizar la información que se proporciona a potenciales partícipes y beneficiarios. A través de un modelo normalizado de información en los documentos generales y datos fundamentales, se espera garantizar la claridad, precisión y actualización de la información relacionada con comisiones y gastos.
El artículo 34.1 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, exige que se elabore un documento informativo sobre estos planes que detalle las comisiones y gastos imputables. De igual forma, el artículo 48.1 del mismo reglamento demanda que las entidades gestoras generen y publiquen un documento que resuma las principales características y riesgos de los productos de pensiones, también desglosando las comisiones y gastos.
El incremento en la transparencia es crucial, dado que los costos asociados a las comisiones y gastos son una pieza clave en la rentabilidad potencial de los planes de pensiones. Por ello, tanto las comisiones directas como las indirectas deben ser consideradas en el proceso de decisión de los partícipes.
En el marco de esta circular, se establecen modelos de información que se deben incluir en los documentos de información general y periódica. Esta normativa contempla la desagregación de diversas categorías de gastos, permitiendo que los participantes puedan realizar una evaluación más exhaustiva y fundamentada de las propuestas disponibles en el mercado.
Asimismo, los artículos 34.4 y 48.6 del Reglamento estipulan que la información semestral debe incluir un resumen de la evolución de los activos de los fondos, junto con los costos y rendimientos obtenidos. Es necesario que tanto la información trimestral como la semestral cumplan con estándares claros sobre los gastos del fondo y su distribución entre los partícipes.
La circular, con un total de cuatro artículos y dos disposiciones finales, regula los tipos de comisiones y la información que deben incluirse. El primer artículo establece las comisiones que se deben reflejar en los documentos informativos, incluidas advertencias sobre comisiones indirectas y otros gastos adicionales, mientras que el segundo artículo ofrece un modelo de informe para estos documentos.
El artículo 3 de la circular detalla cómo deben ser reportadas las comisiones de gestión, tanto directas como indirectas, durante los períodos trimestrales y semestrales. La claridad en las comunicaciones se refuerza al requerir que se incluyan porcentajes precisos que reflejen tanto las comisiones cobradas en el periodo reportado como las acumuladas hasta ese punto.
